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TIPOS DE EDUCACIÓN (ENFOQUE LEGAL)
El reglamento que se encarga directamente de la educación y en el cual vamos a basarnos es:
LOEI
Ley Orgánica de Educación Intercultural
Principios de la LOEI
Garantizar, bajo los principios de equidad, igualdad, no discriminación y libertad, que todas las personas tengan acceso a la educación pública de calidad y cercanía. Garantizar que las instituciones educativas sean espacios democráticos de ejercicio de derechos y convivencia pacífica.
Dentro de la LOEI encontramos varios artículos en los cuales se detallan leyes en cuanto a los diferentes niveles de educación.
Art. 36.- Formación laboral en centros de trabajo. Como parte esencial de su formación técnica, los estudiantes de Bachillerato Técnico deben realizar procesos de formación laboral en centros de trabajo seleccionados por la institución educativa.
Art. 35.- Figuras profesionales. Las instituciones educativas que ofrecen Bachillerato Técnico deben incluir, en las horas determinadas para el efecto, la formación correspondiente a cada una de las figuras profesionales, definidas por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.
Art. 28.- Ámbito. El Bachillerato es el nivel educativo terminal del Sistema Nacional de Educación, y el último nivel de educación obligatoria. Para el ingreso a este nivel, es requisito haber culminado la Educación General Básica. Tras la aprobación de este nivel, se obtiene el título de bachiller.
Art. 32.- Asignaturas optativas. En tercer año de Bachillerato, las instituciones educativas que ofertan Bachillerato en Ciencias tienen que ofrecer un mínimo de quince (15) horas de asignaturas optativas, a elección de los estudiantes, de acuerdo a la normativa emitida por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.
Art. 31.- Horas adicionales a discreción de cada centro educativo. Las instituciones educativas que ofrecen el Bachillerato en Ciencias tienen un mínimo de cinco (5) horas, por cada uno de los tres (3) años de Bachillerato, en las que pueden incluir asignaturas que consideren pertinentes de acuerdo a su Proyecto Educativo Institucional.
Art. 24.- Modalidad presencial. La educación presencial se rige por el cumplimiento de normas de asistencia regular al establecimiento educativo. Se somete a la normativa educativa sobre parámetros de edad, secuencia y continuidad de niveles, grados y cursos. También es aplicada en procesos de alfabetización, postalfabetización y en programas de educación no escolarizada.
Art. 27.- Denominación de los niveles educativos. El Sistema Nacional de Educación
tiene tres (3) niveles: Inicial, Básica y Bachillerato.
Art. 29. Malla Curricular. El Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional define la malla curricular oficial del Bachillerato, que contiene el número de horas por asignatura que se consideran pedagógicamente adecuadas.
Art. 38.- Bachilleratos con reconocimiento internacional. Las instituciones educativas que ofrezcan programas internacionales de Bachillerato, aprobados por el Ministerio de Educación, pueden modificar la carga horaria de sus mallas curriculares, con la condición de que garanticen el cumplimiento de los estándares de aprendizaje y mantengan las asignaturas apropiadas al contexto nacional.
APRECIACIÓN PERSONAL
Conocer las leyes servirá para que el docente tenga las herramientas necesarias para defenderse en el ámbito laboral.
En base a las normativas de la LOEI podemos desarrollarnos de manera organizada y con objetivos claros para aplicar una educación de calidad.
Considero que es de gran importancia tener reglamentos estipulados predeterminadamente para la educación, ya que en base a diferentes análisis pueden determinar leyes y normativas que se enfoquen en mejorar la educación del país.
Conocemos que los tipos de educación se dividen en niveles que comprenden según:
Contexto
No formal
Informal
Formal
Formato
Online
Presencial
Semipresencial
Edades
General Básica
Bachillerato General Unificado
Inicial
Contenido
Social
Intelectual
Emocional
En valores
Física
Especial
Como podemos observar para cada nivel se ha desarrollado una ley que permite abarcar los aspectos más importantes de la educación con el fin de mejorarla y generar un progreso en el país.