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Libro V : Competitividad sistémica y de la facilitación aduanera, CÓDIGO…
Libro V : Competitividad sistémica y de la facilitación aduanera
Titulo II
Facilitación aduanera para el comercio
Capitulo I
Normas Fundamentales
Art. 103.- Ámbito de aplicación.
Regula las relaciones jurídicas entre el Estado y las personas naturales o jurídicas
Art. 105.- Territorio Aduanero.
Territorio nacional en el cual se aplican las disposiciones de este Código
Art. 104.- Principios Fundamentales.
Cooperación e intercambio de información.
Buena Fe
Control aduanero.
Publicidad.
Facilitación del Comercio exterior.
Aplicación de buenas practicas internacionales.
Art. 106.- Zonas aduaneras.
Primaria
Área interior de los puertos y aeropuertos, recintos aduaneros y locales habilitados en las fronteras terrestre
Secundaria.
Parte restante.
Capitulo II
Obligación tributaria aduanera
Art. 107. Obligación Aduanera.
Vínculo jurídico entre la Administración Aduanera y la persona relacionada.
Art. 108.- Tributos al Comercio Exterior.
Derechos arancelarios.
Impuestos.
Tasas por servicios aduaneros.
Art. 109. Nacimiento de la Obligación Aduanera.
Nace con el ingreso o salida de mercancías al territorio aduanero.
Art. 110.- Base imponible.
Valor en aduana.
Valor de transacción.
Art. 113.- Exigibilidad de la Obligación Aduanera.
Declaraciones aduaneras.
Tasas.
Día hábil - liquidación.
Art. 114.- Extinción de la Obligación Tributaria.
Compensación.
Prescripción.
Aceptación del abandono expeso
Decomiso administrativo.
Pago
Art. 112.- Normativa y tributos aplicables.
Normativa vigente.
Art. 115.- Medios de pago.
Establecidos en el Reglamento del Código
Art. 111. Sujetos de la Obligación Tributaria Aduanera
Activo.
Estado.
Pasivo.
Contribuyente o responsable.
Titulo I
Fomento y promoción de los sectores estratégicos
Capitulo I
Art. 98.- Trato no discriminatorio en el sector eléctrico
Gozarán de igual tratamiento, mecanismo y condición de garantía
Art. 99.- Simplificación de los trámites administrativos.
Simplificar tramites administrativos.
Bases de datos automatizadas.
Art. 97.- Necesidad de títulos habilitantes.
La existencia de un contrato de inversión no implicará una limitante de aplicación de actos de regulación y control.
Art. 100.- Excepcionalidad.
Cuando no se tenga la capacidad técnica o económica.
Art. 96.- Inversión en sectores estratégicos.
Iniciativa privada.
Inversionistas nacionales y extranjeros.
Art. 101.- Eficiencia en el servicio público.
Eliminación de tramites innecesarios.
Uso de mecanismos informáticos.
Art. 102.- Valor Agregado Nacional.
Mecanismo de control.
Art. (…). Estabilidad jurídica de la inversión
Contrato de inversión - estabilidad tributaria.
Capitulo II
De fomento y promoción de las industrias básicas
Art. (...). 36
Transformación.
Industria petroquímica y celulosa.
Fundición y refinamiento.
Construcción.
CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES