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Procedimiento Legislativo - Coggle Diagram
Procedimiento Legislativo
Etapa pre – legislativa
(Iniciativa)
Art 134
Pueden presentar proyectos de ley y deliberar acerca de estos con la finalidad de si deben aprobarlos o no.
Presidente de la republica: sobre cualquier asunto.
Asambleístas: con apoyo de la bancada de 5 %
Ciudadanos: a través de iniciativa popular
Función Judicial. Art. 180.4 y Art. 134.4
Función de transparencia y control social: Art 206 (4)
Función Electoral: CNE Y TCE
Etapa post – legislativa
( Integrativa y de Eficacia)
Remisión del proyecto de ley al Presidente de la republica
Atribuciones del presidente
vetar
promulgar
sancionar
En esta instancia se le comunica al presidente de la republica el proyecto de ley o decreto, es en este momento cuando le corresponde manifestar su acuerdo sancionando la ley y ordenando su promulgación o expresar su disconformidad formulando así objeciones al proyecto.
2 Debates en proyectos de urgencia económica
De no haber objeciones en 30 días, se promulgara la ley y se publicará en el registro oficial
Etapa legislativa
(Constitutiva)
Calificación
se califica o se archiva
Disposiciones legales vigentes. 2. deberían reformarse o derogarse con la nueva norma propuesta.
Revisión del lenguaje utilizado en la ley no discriminatorio.
Impacto de generó de la ley
costo que podría provocar la implementación de la ley
La asamblea nacional a través de una resolución califica o archiva el proyecto de ley
votación: a través de sus curules electrónicos: 3 formas de votar.
texto integro del proyecto
por títulos, capítulos y secciones
articulo por articulo
Tipo de voto: afirmativo, negativo, de abstención o en blanco
Conocer, proponer y discutir a fondo el proyecto presentado.
Informes y debates
mociones
cambio del orden del día