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1302 A valor razonable con cambios en el estado de resultados del Estado o…
1302 A valor razonable con cambios en el estado de resultados del Estado o
de entidades del sector público
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En esta cuenta se registran los instrumentos de inversión emitidos por entidades del sector público, adquiridos con el objetivo de venderlos en un plazo no mayor a 90 días, que cumplan con las siguientes condiciones:
Que exista un mercado activo de alta transaccionalidad y se evidencie un patrón reciente de toma de ganancias a corto plazo; y, que desde el momento de su registro
Que desde el momento de su registro contable inicial, la institución del sector financiero popular y solidario haya decidido contabilizarlo a valor razonable con efecto en el estado de resultados.
Débitos
- Por el valor razonable de los instrumentos financieros adquiridos, sin considerar los costos de transacción.
- Por la transferencia entre subcuentas, conforme transcurre el plazo remanente de los instrumentos.
- Por la ganancia determinada en la valuación a valor razonable de las inversiones, con crédito a la cuenta 5302 “Utilidades financieras - En valuación de inversiones”.
- Por la transferencia de la cuenta 130705 “De disponibilidad restringida - Entregadas para operaciones de reporto”, por el valor de la recompra de los títulos vendidos en cumplimiento del contrato.
- Por la transferencia de la cuenta 1307 “De disponibilidad restringida”.
Créditos
- Por la venta, vencimiento o castigo de las inversiones, cuando el valor de negociación sea diferente al registrado en libros, la diferencia se registrará en el estado de pérdidas y ganancias, según corresponda.
- Por la transferencia entre las subcuentas, conforme transcurre el plazo remanente de los títulos.
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Por la pérdida en la valuación a valor razonable de las inversiones, con débito a la cuenta 4302 “Pérdidas