Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
RESPONSABILIDAD POR LA FUNCION PÚBLICA, Docente: Maria E. Wieler …
RESPONSABILIDAD POR LA FUNCION PÚBLICA
RESPONSABILIDAD EJECUTIVA
SUJETOS de la responsabilidad
Màxima Autoridad Ejecutiva
(MAE) y el directorio de la institucion.
Cuando la MAE no rinde cuentas dos periodos al año. No respetra la independencia de la unidad de auditorìa interna. No se ha enviado copias de los contratos a la Contralorìa. Negligente o dficiente gestiòn.
PRESCRIPCION de la acciòn
A los dos años de concluida la gestiòn
INICIO de la acciòn
Dictamen de la Contraloria
General de Estado.
SANCION. suspension y destituciòn
SANCIONES
Suspensiòn y destitucion
RESPONSABILIDAD PENAL
SUJETOS de la responsabilidad
Todos los ciudadanos de manera
individual cuando las acciones u omisiones estàn tipificados en el Codigo Penal.
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
Ordenamiento jurìdico administrativo
Dispociones legales
relativas a la administraciòn pùblica.
Reglamento interno
de la instituciòn
Manual de funciones
Reglamento de ètica
Memorandums de instrucciòn
SUJETOS de la responsabilidad
INICIO de la acciòn
AUTORIDAD competente
PRESCRIPCION de la acciòn
A los 2 años de cometida
la contravenciòn
Por invocaciòn del interesado
y pronunciado expresamente por la autoridad competente.
El plazo se interrumpe
con el inicio de un proceso interno.
SANCION de la acciòn
Multa hasta el 20% del salario
Suspensiòn hasta 30 dìas
como màximo, sin goce de haberes.
Destituciòn del cargo
Autoridad Sumariante
Nombrado por la MAE
por una gestiòn
Previo proceso administrativo
interno.
Por denuncia formal
De oficio
En base a un dictamen de la
Contraloria General del Estado
Servidores y exservidores
pùblicos sin distinciòn de jerarquìa.
Cuando en el ejercicio de la
funciòn pùblica, contravienen el ordenamiento jurìdico administrativo.
RESPONSABILIDAD CIVIL
SUJETOS de la responsabilidad
INICIO de la acciòn
PPRESCRIPCION de la acciòn
No prescribe segùn el Art. 324 CPE.
Por un dictamen de la
Contralorìa General del Estado.
El dictamen es una opiniòn tècnica
jurìdica con una ralcion de hechos, actos u omisiones que causen daño economico al Estado y los responsables.
Servidores y exservidores
pùblicos.
Personas naturales o jurìdicas,
producto de un contrato causen daño econòmico al Estado o se beneficien con recursos pùblicos.
RESARCIMIENTO
Del daño econòmico al Estado,
antes y despuès de la ejecutoria del pliego de cargo, no libera de la responsabilidad ejecutiva, administrativa y penal.
Autoridad competente
Juez Administrativo coactivo fiscal
CONCEPTO. Es aptitud e idoneidad para
responder por las acciones u omisiones en
el ejercicio de la funciòn pùblica. Nace del mandato, segun el Art. 7 CPE.
SUJETOS de la responsabilidad
por la funciòn pùblica.
Servidores y exservidores pùblicos
Personas naturales y jurìdicas
con relacion contractual con el
Estado.
Personas naturales No siendo
servidores pùblicos, se benefician con recursos pùblicos.
Docente: Maria E. Wieler
Estudiante: Carlos Quisbert