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Derecho Civil - Coggle Diagram
Derecho Civil
Tipo de Contrato
Unilaterales: Son contratos en los cuales una sola parte se obliga hacia otra sin que esta este obligada. como por ejemplo el contrato de donación
Bilaterales: Son los contratos en los cuales las partes contratantes se obligan recíprocamente. Por ejemplo, el contrato de permuta
Onerosos: En estos contratos las partes estipulan provechos y gravámenes recíprocos. Por ejemplo el contrato de arrendamiento
Oneroso Conmutativos: Estos contratos las prestaciones que se den las partes son ciertas que se celebran el contrato, de tal forma que las partes pueden apreciar inmediatamente el beneficio o la perdida que les cause este. Por ejemplo el contrato de compraventa
Onerosos Aleatorios: En estos contratos la prestación debida depende de un acontecimiento incierto que no hace posible la evaluación de la ganancia o perdida hasta que el acontecimiento se verifique en la realidad. Por ejemplo el contrato de renta vitalicia
Gratuitos: En este tipo de contratos el provecho es solamente de una de las partes. Por ejemplo el contrato de comodato
Concepto
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Tradicionalmente es la rama del derecho que regula el estado civil de las personas, las relaciones familiares, la propiedad y demás derechos reales, las obligaciones y contratos y las sucesiones
Tipos de Obligaciones
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2.- Obligación Ordinaria: En esta obligación el deudor compromete todo su patrimonio, no una cosa en específico.
3.- Obligación Patrimonial: Son aquellas que atentan contra el patrimonio o el derecho pecuniario de una persona.
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5.- Obligaciones Morales: Son aquellas que cumplimos con un deber de conciencia, las mismas no están establecidas en la ley.
6.- Obligaciones jurídicas: Son las que están sancionadas por la ley y su no se cumplen, la persona compromete su responsabilidad.
7.- Obligaciones Civiles. Estas son susceptible de constreñimiento, si el deudor no cumple puede ser perseguido por todas las vías derecho.
8.- Obligaciones Naturales: Solo pueden ser cumplidas voluntariamente. Por ejemplo, un padre que mantenga a su hijo aún después de la mayoría de edad.
9.- Obligaciones de Medio: El deudor debe observar la prudencia y diligencia necesaria para obtener el resultado de lo debido.
10.- Obligaciones de resultados: Esta consiste en que el deudor está obligado a obtener un resultado determinado.
11.- Obligaciones de dar: El deudor está obligado a entregar la cosa y también a transferir el derecho de propiedad al acreedor.
12.- Obligaciones de hacer o no hacer: El deudor se obliga a realizar o no un hecho a favor del acreedor.
13.- Obligaciones a termino fijo: En esta la obligaciones no puede reclamarse antes del vencimiento del término.
14.- Obligaciones alternativas: Con esta el deudor puede liberarse, entregando una de las dos cosas prometidas.
15.- Obligaciones Solidarias: Son aquellas mediante la cual varias personas se comprometen a pagar la misma deuda de manera solidaria.