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TEORÍA DE LA CULPABILIDAD - Coggle Diagram
TEORÍA DE LA CULPABILIDAD
TEORIA DEL DELITO
Antijuridicidad
Exigencia de que la conducta típica sea contraria al derecho
Culpabilidad
Sobre el concepto de culpabilidad: hay que analizar las circunstancias concretas bajo las que actuó el sujeto y precisar si estaba en condiciones de actuar conforme al mandato de la ley penal. NO se enjuicia la conducta, sino las circuantancias en las que estaba.
Si no estaba en condiciones de cumplir con la ley penal, entonces no es susceptible de ser considerada culpable
Si estaba en condiciones de ser fiel a la norma penal, y pese a eso decide incumplir la norma penal, entonces es culpable
Posibilidad de reprochar al sujeto la realización de un comportamiento prohibido por la ley. Este juicio de reproche se funda,
Conocimiento de la ilicitud de su actuar
Margen de libertad con que contaba para decidir entre ejecutar la conducta ilícita o actuar en una forma distinta (exigibilidad de una conducta diversa).
Aptitud del sujeto para conocer la ilicitud de sus actuaciones (imputabilidad)
Tipicidad
Una conducta concreta encuadre exactamente en alguna de las descripciones de hipótesis abstractas que contempla la ley
Indoles subjetiva: hechos que ocurren en la mente del autor
Índole objetiva: hechos que ocurren en el mundo que circunda al autor
Conducta (acción u omisión)
Conducta humana que puede ser tanto una actuación positiva (acción); como un comportamiento de inactividad (omisión).
Evolución sobre el concepto de culpabilidad
Concepción Psicologica
Tendencia Causalista
Culpabilidad es el vínculo interno o subjetivo que existe entre el autor y el acto ejecutado por este.
Posición anímica entre el delincuente y el delito.
Puede asumir forma de dolo o culpa (especies de culpabilidad).
Hay culpabilidad cuando el sujeto actua con culpa o dolo
Problemas
No es posible de medir o determinar específicamente si la culpabilidad se limita únicamente a una cuestión de dolo o culpa.
Los inimputables pueden actuar con dolo o imprudencia, pero existe acuerdo en que no son culpables
No distingue con claridad la culpa inconsciente de la culpa consciente.
Culpa inconciente: individuo ni siquiera se representó la posibilidad de lesionar el bien jurídico
Culpa conciente: se representa la posibilidad de lesionar un bien juridico, pero la rechaza
Concepción Normativa
La culpabilidad ya no es un problema de dolo o culpa, es un juicio valorativo que hace el juez respecto de las circunstancias específicas y personales del individuo juzgado.
Teoría Normativa Pura de la Culpabilidad (finalismo)
Dolo neutro. Se traslada a la tipicidad. Sujeto conoce lo que hace, pero no abarca el conocimiento que esta prohibido.
Imputabilidad
Conocimiento de la ilicitud del comportamiento realizado. Esta es la diferencia con la teoria del causalismo.
Exigibilidad de una conducta diversa
Teoría Normativa Compleja de la Culpabilidad (causalismo)
Dolo malo. Implica conocer los elementos objetivos que integran el tipo y la antijuridicidad de la conducta
Exigibilidad de una conducta diversa.
Existencia de dolo o de culpa.
Imputabilidad (aptitud general para captar la ilicitud de los actos).
FUNDAMENTO del juicio de culpabilidad
Opinión mayoritaria
El juicio de culpabilidad es un juicio de reproche formulado en contra del autor de una conducta típica y antijuridica, que pudiendo haberla evitado, no lo hizo.
Responsabilidad penal es de caracter personal.
Libre albedrío constituye el fundamento de la culpabilidad, porque el reproche solo es posible si se atribute al sujeto capacidad de autodeterminarse.
Critica (a la libertad) desde el prevencionismo general negativo
No demostrabilidad científica
Inutilidad práctica: se debe reconstruir a posteriori las circunstancias en las que estaba el sujeto.
Importancia de la culpabilidad
Requisito de la responsabilidad penal (prevencionismo).
Factor para graduar o determinar la imposición de la pena. Hay niveles de culpabilidad por caracteristicas o situaciones especificas.
Castigo es lo esencial para validar el ordenamiento jurídico penal, porque osino nadie lo cumpliría (retribucionismo).
Limite para la imposición de la pena.
ESTRUCTURA
Presupuesto de este curso
Culpabilidad tiene un sustento en la libertad humana
Sistema Finalista
Elementos que conforman el juicio de la culpabilidad
CONCIENCIA DE LA ILICITUD: posibilidad de comprender lo injusto del acto concreto.
EXIGIBILIDAD DE UNA CONDUCTA DISTINTA A LA EJECUTADA: posibilidad concreta de auto determinarse conforme a las exigencias del derecho.
IMPUTABILIDAD: capacidad de conocer lo injusto del actuar y de determinarse conforme a ese conocimiento.
Análisis de los elementos de la culpabilidad
Estudiados en orden secuencial.
Ausencia de alguno genera eximente de culpabilidad.
Son copulativos. Deben ocurrir al mismo tiempo.
¿Como se define delito? Es una conducta típica y antijurídica, culpablemente ejecutada
DOBLE FUNCIÓN
Límite material a la ley penal
Principio de culpabilidad. Nadie puede ser condenado si no se analiza subjetivamente ciertas condiciones para condenar a una persona.
Elemento de la teoría del delito
Cuarto elemento de la teoria del delito.