La política de endeudamiento en cumplimiento de las disposiciones del COPLAFIP y su reglamento, se enmarcarán en los procedimientos que establezca el Comité de Deuda y Financiamiento para el efecto, quien analizará y aprobará las condiciones financieras de redención o recompra de deuda pública externa, colocación de bonos externos e internos y préstamos de deuda pública interna, de igual manera se aplicará a los contratos de mutuo acuerdo y de deuda pública externa suscrita con organismos multilaterales, gobiernos, créditos comerciales y contratos de préstamos de proveedores, según corresponda.