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Participacion de los trabajadores en las utilidades de la empresa
LFT artículos 117-131
Excepciones
Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento
Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los
dos primeros años de funcionamiento.
El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines
culturales, asistenciales o de beneficencia
Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración
Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria
Porcentaje
El Porcentaje fijado por la Comisión constituye la participación que corresponderá a los
trabajadores en las utilidades de cada empresa
Con el porcentaje que determine la Comisión
Se considera utilidad en cada empresa la renta gravable
Reparto
La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales:
La primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.
La segunda se repartirá en proporción al monto de
los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
Deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual
El importe de las utilidades no reclamadas en el año en que sean exigibles, se agregará a la utilidad
repartible del año siguiente
Normas para participación
Una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón
formulará un proyecto, que determine la participación de cada trabajador y lo fijará en lugar
visible del establecimiento.
Si se formulan objeciones, serán resueltas por la misma comisión a que se refiere la fracción I,
dentro de un término de quince días.
Los trabajadores podrán hacer las observaciones que juzguen conveniente, dentro de un
término de quince días
Si los representantes de los trabajadores y del patrón no se ponen de acuerdo, decidirá el
Inspector del Trabajo
Fernanda Sharai Torres Sánchez
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