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QUE BUSCA LA DESCENTRALIZACIÓN Y LA DESCONCENTRACION EN ECUADOR
EL ARTÍCULO 225 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
Impone al Estado el deber de impulsar la descentralización y la desconcentración como mecanismos para lograr el desarrollo armónico del país, el fortalecimiento de la participación ciudadana y de las entidades seccionales y la distribución de los ingresos públicos y de la riqueza
CARACTERES ESPECIFICOS
DESCONCENTRACION
Se confieren competencias a órganos administrativos subordinados
Existe un control jerárquico sobre la actividad desconcentrada
No se necesita la creación de un organismo nuevo
La función desconcentrada se ejerce en nombre de la entidad que desconcentra
Requiere autorización legal
DESCENTRALIZACION
La transferencia opera entre entidades territoriales autónomas con personería jurídica.
El poder descentralizado se ejerce sin sujeción jerárquica por autoridades propias del ente en cuyo favor se hizo la descentralización.
Existe solo un control de tutela, no jerárquico.
Conlleva transferencia de recursos
Requiere autorización legal.
FUNDAMENTACION
Constituye tendencia moderna del derecho público el de buscar fórmulas que contrarresten los resultados negativos de la concentración del poder público en una sola persona u organismos.
El objetivo es sacar el poder público del centro a la periferia.
Hacia esa tendencia se orientan las nuevas concepciones en torno a la democracia como sistema de gobierno, en el sentido de hacerla más participativa.
CARACTERIZACION
La desconcentración y la descentralización tienen un rasgo común y es que en ambos casos se trata de una transferencia de poderes, facultades o funciones.
La doctrina jurídica ha precisado las diferencias entre la desconcentración y la descentralización.
La desconcentración es pues una técnica para descongestionar la administración central.
En la descentralización opera un traslado de facultades de una entidad territorial a otra en forma tal que la administración central