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Derechos morales y patrimoniales - Coggle Diagram
Derechos morales y patrimoniales
Derechos morales
son
• Los que protegen los intereses no patrimoniales del autor.
• Estos derechos no se pueden ceder ni renunciar; tampoco embargar o enajenar.
• Se refieren a la esfera más íntima y vinculada a la personalidad del autor.
• A través de estos se protege la identidad y reputación del creador de la obra.
Derechos morales del autor
Ejemplos
El derecho de divulgación
Este derecho establece el derecho del autor a decidir si su obra ha de ser divulgada.
El derecho de paternidad
Constituye el derecho del autor a exigir el reconocimiento de su condición de autor de la obra
El derecho a la integridad de la obra
El autor tiene derecho a exigir el respeto a la integridad de la obra. También, a impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra ella que suponga perjuicio a sus legítimos intereses o menoscabo a su reputación
El derecho de modificación
El autor tiene derecho a modificar, o impedir la modificación, la obra respetando los derechos adquiridos por terceros y las exigencias de protección de bienes de interés cultural. Este derecho está íntimamente ligado al derecho patrimonial de trasformación.
El derecho a retirar la obra
Faculta al autor a retirar la obra del mercado por haber cambiado sus convicciones intelectuales o morales.
Derecho al acceso del único ejemplar
El autor tiene derecho a acceder al ejemplar único o raro de la obra. Esto es posible siempre que se halle en poder de otro.
Derechos Patrimoniales
Son los únicos que se pueden ceder a un tercero.
Esta cesión se realiza mediante un contrato o la aceptación de los términos y condiciones.
Son los derechos que permiten una compensación económica por el uso de las obras del titular por parte de otra persona o empresa.
Son
Los derechos patrimoniales son aquellos que permiten al autor obtener un rendimiento económico por la utilización de su obra.
Se distinguen es
de simple remuneración.
son aquellos que permiten cobrar por determinados usos de la obra; por lo general, cuando tal uso no precisa la autorización del autor.
derechos exclusivos
facultan al autor a autorizar o a prohibir, con ciertas limitaciones, la utilización de la obra.
Ejemplos
Derecho de distribución
La venta en librerías y el préstamo bibliotecario se encuadran en este derecho. Aunque se refiera a soporte tangible también abarca las descargas de Internet y los pagos de suscripción en línea.
Derecho de comunicación pública
Es el acto por el cual una pluralidad de personas puede tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. Afecta de manera directa a la televisión, a la radio, al cine y a Internet, donde no se requieren copias para dar a conocer una obra.
Derechos de reproducción
La obra debe incorporarse a un soporte para que exista como tal. La reproducción exige la preexistencia de la obra.
Derecho de transformación
son transformaciones la traducción de un libro y la adaptación cinematográfica de una novela. Siempre requieren la autorización del autor de la obra original (preexistente) para crear una obra derivada
Derecho de colección
“la cesión de los derechos de explotación sobre sus obras no impedirá al autor publicarlas reunidas en colección escogida o completa”.