La Ley Mercantil reconoce como factores a “las personas que tengan la dirección de alguna empresa o
establecimiento industrial o comercial o estén autorizados para contratar, respecto a todos los
negocios concernientes a dichos establecimientos o empresas, por cuenta y en nombre de los
propietarios de los mismos.
En el ámbito de la práctica, como antes lo mencionamos, a los factores, también se les denomina
gerentes o administradores y son la persona a quien un comerciante coloca al frente de su empresa,
mismos que deben tener la capacidad necesaria para obligarse y poder o autorización por escrito de la
persona por cuya cuenta hagan el tráfico, además negociarán y contratarán a nombre de sus
principales, expresándolo así en los documentos que con tal carácter suscriban, pudiendo también
contratar en nombre propio