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DECLARACIÓN DE AUSENCIA - Coggle Diagram
DECLARACIÓN DE AUSENCIA
¿QUÉ PASA SI SE ADMITE LA DEMANDA?
El Juez abrirá un periodo de prueba de 20 días
Información sumaria
¿Quién era?
¿Qué edad tenia?
¿Estado civil?
¿Cuándo ha sido visto por ultima vez?
Observar que haya transcurrido mas de 2 años
¿COMO CONCLUYE ESTE PERIODO DE LA DECLARACIÓN DE AUSENCIA?
Aparición del ausente
Reasume la patria potestad de sus hijos
Deben devolverle los bienes
Los herederos legales colaterales deben devolverle esa tercera parte de los frutos.
Muerte del desaparecido
Si se verifica que el ausente ha muerto
EFECTOS PATRIMONIALES
Art. 33 del CC
Si había testamento
Se abre el testamento
Si no hay testamento
Los herederos o los que crean derivar derechos del ausente
Pueden pedir y obtener se les ministre la posesión y el ejercicio provisional de los bienes.
Art. 34 del CC
Quienes toman posesión provisional son administradores de los bienes del ausente
Siendo heredero forzoso inclusive se
beneficia de los frutos que producen esos bienes
Siendo herederos legales colaterales pueden reservarle de los frutos
Art. 35 del CC
Quienes han obtenido posesión provisional no pueden
Vender los bienes
Ni a titulo oneroso
Ni a titulo gratuito
Hipotecar los bienes
¿QUIÉN PUEDE PLANTEAR AL JUEZ QUE SE DICTE SENTENCIA DE DECLARACIÓN DE AUSENCIA?
Sus herederos forzosos
Descendientes
Hasta el cuarto grado de consanguinidad
Ascendientes
Conyugue
DEBE ESTAR DESAPARECIDO POR MÁS DE DOS AÑOS
¿QUÉ SE DEBE PROBAR?
La existencia de esa persona
Certificado de Nacimiento
Sus últimas noticias
El momento de su desaparición
¿QUÉ PASA UNA VEZ VENCIDO EL PERIODO DE PRUEBA?
Art. 32, I del CC
El juez va dictar Sentencia de Declaración de Ausencia
EFECTOS FAMILIARES
Si el desaparecido
No tiene cónyuge
El juez nombrará un tutor
Tiene hijos menores
¿QUÉ REQUISITO TENGO QUE CUMPLIR PARA ENTRAR EN ESA POSESIÓN PROVISIONAL?
Levantar un inventario
Enumerativo
De los bienes que pretendes
entrar en posesión.
Descriptivo
Otorgar una garantía real