La parte vendedora contrata el vehículo para el transporte de los productos. Sin embargo, el exportador queda eximido de cualquier responsabilidad derivada de deterioros o costes adicionales desde su salida.
CFR (Cost and Freight / Coste y Flete): usado en el transporte marítimo, la parte vendedora se responsabiliza del coste hasta que la mercancía llegue a su destino. Sin embargo, cuando se carga en el barco el riesgo para a ser competencia del comprador.
CIF (Cost, Insurance and Freight / Coste, Seguro y Flete): cumple con los mismos parámetros que el CFR pero con el añadido de que el vendedor debe contratar un seguro. Y aquí entra en liza otra de las novedades de los Incoterms 2020, con una actualización de las coberturas que debe contraer y certificar el seguro contratado por el vendedor bajo las Cláusulas de Carga del Instituto (C), dejando un margen de negociación superior entre las partes de la operación
CPT (Carriage Paid To / Transporte Pagado Hasta): se emplea en cualquier tipo de transporte. El vendedor asume los gastos hasta que la mercancía llegue a su destino final; mientras que el riesgo pasa a manos del comprador cuando la mercancía la posea el transportista.
CIP (Carriage and Insurance Paid To / Transporte y Seguro Pagados Hasta): utilizable para cualquier tipo de transporte, el exportador afronta los gastos del transporte principal y del seguro durante todo el trayecto. De igual modo que con el CIF, los Incoterms 2020 amplían las diversas coberturas mínimas del seguro de la mercancía bajo las Cláusulas de Carga del Instituto (A), aunque será un aspecto a negociar en la compra-venta de los bienes.