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LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL
Nota explicativa de la Secretaría de la CNUDMI
La Ley Modelo Regula todas las etapas del proceso arbitral, desde el acuerdo de arbitraje hasta el reconocimiento y la ejecución del laudo arbitral y refleja un consenso mundial sobre los principios y aspectos más importantes de la práctica del arbitraje internacional.
Se adoptó la forma de una Ley Modelo como instrumento de armonización y perfeccionamiento dado que consiente a los Estados proceder con flexibilidad a la preparación de nuevas leyes de arbitraje.
El 21 de junio de l985, al finalizar su 18 período anual de sesiones, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional aprobó la Ley Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional.
Características mas destacadas de la Ley Modelo
1.- Régimen procesal especial para el arbitraje comercial internacional
: - Ámbito sustantivo y territorial de aplicación - Delimitación de la asistencia y supervisión judiciales
2.- Acuerdo de arbitraje:
-Definición y forma del acuerdo de arbitraje -El acuerdo de arbitraje y los tribunales judiciales
3.- Composición del tribunal arbitral:
El capítulo refleja el criterio adoptado en la Ley Modelo para eliminar las dificultades que resultan de leyes o normas inadecuadas.
4.- Competencia del tribunal arbitral:
- Facultad para decidir acerca de su competencia -Facultad de ordenar medidas provisionales cautelares
Antecedentes de la Ley Modelo
La necesidad de perfeccionamiento y armonización se basa en la comprobación de que las leyes nacionales suelen ser inadecuadas para los casos internacionales y de que existe una notable disparidad entre ellas.
Insuficiencia de las leyes nacionales
El análisis mundial de las leyes nacionales sobre arbitraje pone de manifiesto notables disparidades no sólo en cuanto a las disposiciones y soluciones concretas, sino también desde el punto de vista de la evolución y el perfeccionamiento.
Algunas leyes, datan del siglo XIX y que equiparan, el proceso arbitral a los litigios ante los tribunales judiciales, pueden considerarse anticuadas. Otras pueden calificarse de fragmentarias, es decir no regulan todas las cuestiones pertinentes.
Disparidad entre las diversas leyes nacionales
Los problemas y las consecuencias no deseadas, originadas por disposiciones imperativas o supletorias o por la falta de disposiciones pertinentes, se ven agravados por el hecho de que las leyes nacionales sobre el proceso arbitral difieren ampliamente.
Esta disparidad a menudo es causa de preocupación en el arbitraje internacional, donde al menos una, y a menudo las dos partes, tienen que enfrentarse a disposiciones y procedimientos extranjeros y con los que no están familiarizadas.
Características mas destacadas de la Ley Modelo
6. Pronunciamiento del laudo y terminación de las actuaciones:
a) Normas aplicables al fondo del litigio b) Pronunciamiento del laudo y otras decisiones
7. Impugnación del laudo:
a) La petición de nulidad como único recurso b) Motivos de nulidad
5.- Sustanciación de las actuaciones arbitrales:
a) Derechos procesales fundamentales de las partes b) Determinación del procedimiento c) Rebeldía de una de las partes
8. Reconocimiento y ejecución de los laudos:
a) Hacia el tratamiento uniforme de todos los laudos con prescindencia del país en que fueron dictados b) Requisitos procesales del reconocimiento y de la ejecución c) Motivos para denegar el reconocimiento o la ejecución
José Emilio Reyes NRC: 3743