Citación para Sentencia

Clasificación de las Sentencias (Art 88)

Recursos

Reglas Generales

II.- Decisiones que determinan sobre materia que no sea de puro trámite, y se
llaman autos;

III.- Decisiones que resuelvan un incidente, y se llaman sentenciosas (sic)
interlocutorias;

I.- Determinaciones de mero trámite, que se llaman decretos;

IV.- Sentencias definitivas, que resuelven el asunto principal.

Art. 89.- Todas las resoluciones judiciales deben ser firmadas por el juez o
magistrado que las dicte y por el secretario.

Art. 90.- En las resoluciones judiciales debe hacerse constar el lugar, la fecha y el
juez o tribunal que las pronuncie.

Art. 91.- Los decretos deben ser dictados dentro de las veinticuatro horas después del trámite, o de la promoción correspondiente; los autos dentro de tres días, y las sentencuas dentro de ocho días, salvo las cosas en que la ley fije otros términos.

Art. 483.- Las sentencias deben ser claras, precisas y congruentes con las demandas y las contestaciones y con las demás pretensiones deducidas oportunamente en el pleito, condenando o absolviendo al demandado, y decidiendo todos los puntos litigiosos que hayan sido objeto del debate.

Redacción de las sentencuas se observarán las reglas siguiente:

Si transcurriese el término legal sin dictarse sentencia, se hará nueva citación, y los superiores respectivos corregirán disciplinariamente a los jueves que hayan incurrido en semejante falta

II.- En los "Resultandos", en párrafos separados, se consignaránlos hechos contenidos en los escritos de demanda y contestación, así como los punto (sic) referentes a la reconvención, compensación y demás excepciones opuestas. haciéndose la enumeración de las pruebas presentada

III. En los "Considerandos", en párrafos separados, se apreciarán los puntos de derecho alegados por las partes, exponiéndose las razones y fundamentos legales que se estimente procedentes y citándose las leyes o doctrinas que se consideren aplicables para fundar el fallo.

I.- Se expresará el lugar, la fecha, los nombres y apellidos de los litigantes y de
sus representantes, si los tuvieren, el objeto y la naturaleza del juicio;

IV.- Finalmente, se resolverán los puntos litigiosos, condenándose o obsolviéndose al demandado, y dicidiéndose todas las cuestiones que hayan sido objeto del juicio, con expresión de si se condena o no en los gastos mismos.

Cosa Juzgada

Cuestión que ha sido resuelta en un juicio contradictorio por sentencia firme de los tribunales de Justicia.

Se le llama así porque cuasa sentencia ejecutoria o por declaración judicial.

Apelación

Reclamación:

Revocación

El juez dictará la resolución que corresponda dentro del término de tres días

Las sentencias no pueden ser revocadas por el juez de las dicta.

Se interpondrá por escrito, en el que se expresarán los agravios que cuase la resolución impugnada, precisamente dentro de los tres días siguientes a la notificación

Se llama apelación el recurso que se interpone para que el tribunal superior confirme, reforme o revoque la sentencia anterior.

Pueden apelar:

La segunda instancia no puede abrirse sin que se interponga el recurso de apelación

  1. El Litigante condenado en el fallo, si creyera haber recibido algún agravio
  1. El vencedor que, aunque haya obtenido en el litigio, no ha conseguido la restitución de frutos, la indemnización de perjuicios o el pago de los gastos juidiciales
  1. Los terceros que hayan salido al juicio.

La apelación admitida en ambos efectos suspende el curso del proceso.

La apelación admitida en un sólo efecto no impide el curso del proceso, pero el juez se abstendrá de pronunciar sentencia definitiva hasta en tanto la Sala Civil resuelva respecto de la apeliación.

Se llama reclamación el recurso que se interpone para que la Sala Civil confirme, reforme o revoque, las resoluciones por su presidente.

El recurso de Reclamación se interpondrá ante la presidencia de la Sala.

Por escrito debidamente motivado y fundado, dentro del término de tres días.

El Presidente dictará proveído respecto de su admisión y, en su caso, designará al magistrado.

El recurso de reclamación será resuelto por mayoría de votos de los integrantes de la Sala, dentro de los ocho días siguientes.