Objeto: es uno de los requisitos esenciales de todo contrato. Consiste en el objeto de las obligaciones creadas contractualmente que, en último término, serán un dar, un hacer o una abstención. El objeto contractual ha de ser real, posible, lícito, determinado o susceptible de determinación sin necesidad de nuevo acuerdo entre las partes. Aunque puede preverse que un contrato tenga un objeto que no conlleve una ventaja patrimonial, es necesario que aquel pueda ser valorado económicamente.