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Marco Legal de la Capacitacion. - Coggle Diagram
Marco Legal de la Capacitacion.
Art.3: nos dice que el trabajo es un derecho y no un deber social y que no podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social. tambien dice que el interés social promover y vigilar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores.
Art.153
A: nos habla de que los patrones tienen la obliacion de darle una capacitacion o adiestramiento a sus trabajadores y que este sera impartido por personas certificadas por la Secretaria del Trabajo y Prevension Social y sera en horario de trabajo o si es en otro lugar que no sea la empresa esta capacitacion o adiestramiento podra no necesariamente en horas de trabajo.
B: La capacitacion tiene como objetivo preparar a los trabajadores nuevos o a los que quieran ocupar nuevas vacantes.
C- El adiestramiento tendra como objetivo: actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajador, que los trabajadores conozcan sobre el riesgo y peligros a los que se expone en el trabajo e incrementar su productividad.
Art.25,F8: El contrato del trabajador debera contener los terminos y planes en los que el trabajador sera capacitado o adiestrado
Art.180, F4: Los patrones que tengan de empleados menores de 18 años deberan aplicarle capacitacion adiestramiento de acuerdo a lo que se plantea en esta ley.
Art.391
F7: El contrato colectivo debera contener las clausulas relativas a la capacitacion o adiestramiento de los trabajadores.
F8: Debera contener dispocisiones sobre la capacitacion o adiestramiento inicial que se va a dar a quienes ingresen a trabajar a la empresa.
Art.412, F5: El contrato-ley contendra las reglas con las cuales se llevaran acabo planes y programas para la implementacion de la capacitacion y el adiestramiento
Art.504, F1:Los patrones tienen como obligacion especial tener medicamentos y material de curacion y adiestrar al personal para que los preste.
Art.537: El SNE tendra como objetivos:
I. Estudiar y promover la operación de políticas públicas que apoyen la generación de empleos;
II. Promover y diseñar mecanismos para el seguimiento a la colocación de los trabajadores;
III. Organizar, promover y supervisar políticas, estrategias y programas dirigidos a la capacitación y
el adiestramiento de los trabajadores;
IV. Registrar las constancias de habilidades laborales;
V. Vincular la formación laboral y profesional con la demanda del sector productivo;
Art.44, F8:Asistir a los institutos de capacitación, para mejorar su preparación y eficiencia. -