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Garantías del debido proceso y los principios fundamentales del sistema…
Garantías del debido proceso y los principios fundamentales del sistema penal ecuatoriano
Cuando nos referimos a las garantías de debido proceso podemos mencionar las que se encuentran tipificadas en el art #76 de la Constitución de Ecuador.
Toda prueba obtenida sin respetar los procedimientos de la ley no tendrán validez alguna y carecerán de eficacia probatoria.
En caso de conflicto entre dos leyes de la misma materia se la aplicará en el sentido más favorable a la persona infractora.
Nadie podrá ser juzgado por un acto u omisión que no esté tipificado en la ley del Ecuador.
La ley establecerá la debida proporcionalidad entre las infracciones
Toda persona es inocente mientras no se declare lo contrario con una sentencia en firme
Las personas tienen derecho a la defensa y cumplirán las siguientes garantías:
Nadie podrá ser privado del derecho a la defensa
Toda persona tiene que contar con el tiempo para su defensa.
Ser escuchado en igualdad de condiciones
Los procedimientos serán públicos salvo las excepciones previstas por la ley.
Nadie puede ser interrogado por ninguna autoridad o delegado sin la presencia de su abogado o defensor publico
Ser asistido gratuitamente por una traductora o traductor o
intérprete
Presentar pruebas y contradecir las que se presenten en su contra.
Nadie podrá ser juzgado más de una vez por la misma causa y
materia.
Quienes actúen como testigos o peritos estarán obligados a
comparecer ante la autoridad competente.
Nadie será juzgado por tribunales de excepción o por
comisiones especiales creadas para el efecto
Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas en la norma.
Garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes.
Podemos mencionar los principios fundamentales que se encuentran tipificados en el COIP en su articulo#5
Prohibición de autoincriminación:
ninguna persona podrá ser obligada a declarar contra sí misma.
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Intimidad:
toda persona tiene derecho a su intimidad personal y familiar
Prohibición de doble juzgamiento:
Oralidad:
el proceso se desarrollará mediante el sistema oral
Prohibición de empeorar la situación del procesado:
Impugnación procesal:
toda persona tiene derecho a recurrir del fallo
Concentración:
la o el juzgador concentrará y realizará la mayor cantidad de actos procesales en una sola audiencia
Igualdad:
es obligación de las y los servidores judiciales hacer efectiva
Contradicción:
Inocencia:
toda persona lo es mientras no
se ejecutoríe una sentencia.
Dirección judicial del proceso:
Duda a favor del reo:
El juez tiene que estar convencido de la pena antes de dictar alguna sanción
Impulso procesal:
corresponde a las partes procesales el impulso del proceso, conforme con el sistema dispositivo.
Favorabilidad
: Que encaso de doy leyes del misma materia se aplica la de menor sanción.
Inmediación:
celebrará las audiencias en conjunto con los sujetos procesales
Legalidad
: quiere decir que no existe pena sin ley
Motivación:
la o el juzgador fundamentará sus decisiones en derecho.
Imparcialidad:
la o el juzgador, en todos los procesos a su cargo deberá respetar la igual ante la ley
Objetividad:
en el ejercicio de su función, la autoridad emitirá sus decisiones en derecho apegado a la ley vigente.