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Tiempos oficiales en radio y televisión de México - Coggle Diagram
Tiempos oficiales en radio y televisión de México
Es el tiempo aire en radio y televisión de cual dispone el Estado para sus transmisiones.
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Tiempo de Estado (Regulado por los artículos 6 y 59 de la Ley Federal de Radio y Tv)
V
¿Qué difunde?
Educación
Cultura
Interes Social
Constituido por:
Tiempo de Estado
Son transmisiones gratuitas diarias de hasta 30 minutos, disponibles en cada estación de radio y canal de televisión abierta
También programas de 5 o 10 minutos como:
“La SCJN Cerca de Ti” (Suprema
Corte de Justicia de la Nación)
“Mundo del trabajo” (Secretaría
del Trabajo y Previsión Social)
“Radiósfera” (UNAM)
“Revista del Consumidor”
(Profeco)
Tiempo Fiscal.
Se establece en un decreto por el que se autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público recibir de los concesionarios el pago en especie del impuesto que se indica. En estos espacios se transmiten mensajes de los diferentes Poderes de la Unión y Entes Autónomos
La Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Segob comparte la administración de dichos tiempos con el Instituto Nacional Electoral.
En periodos regulares (no electorales) RTC tiene a cargo el 88% y el INE el
12
%; en periodos electorales, a partir del inicio de las precampañas, el Instituto administra 48 minutos de los [tiempos)
Antecedentes
31 de diciembre de 1968 se publica una modificación de Ley que establece un Impuesto Federal sobre Servicios Expresamente Declarados de Interés Público por Ley, en los que intervengan Empresas Concesionarias de Bienes del Dominio Directo de la Nación
El 1 de julio de 1969, Díaz Ordaz emitió un Acuerdo por el que se autorizó a la SHCP a recibir de los concesionarios de estaciones comerciales de radio y televisión el pago de dicho impuesto, con el 12.5% del tiempo diario de transmisión de cada estación, para ser utilizado por el Estado, por conducto del Ejecutivo.
El 10 de octubre de 2002, Vicente Fox emitió un Decreto por el que se autoriza a la SHCP a recibir de los concesionarios de estaciones de radio y televisión el pago del impuesto con 18 minutos diarios en el caso de las estaciones de televisión, y con 35 minutos diarios en las de radio.
El 13 de noviembre de 2007 se publicó el Decreto que reforma los artículos 6o., 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En ella en el artículo 41 se hace referencia a los Tiempos del Estado durante los procesos electorales y fuera de ellos, además se establecen prohibiciones para la propaganda gunernamenta y los fines que persigue
El 14 de julio de 2014 se publicó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. En ésta se establece que los Tiempos del Estado no se pueden comercializar, y que tendrán una duración de hasta 30 minutos
El 11 de mayo de 2018 se publicó la Ley General de Comunicación Social. En ésta se definen los Tiempos del Estado (hasta 30 minutos), los Tiempos Fiscales (18 minutos en tele y 35 en radio) y los Tiempos Oficiales. Además, se establece la distribución de los Tiempos Fiscales (40% al Ejecutivo, 30% al Legislativo, 10% al Judicial, 20% a los Autónomos)
El Artículo 254
de la Ley Federal
de Telecomunicaciones y radiodifusión, todas las estaciones de radio y canales de televisión del país están obligadas a transmitir gratuitamente y de manera preferencial
Transmisiones que constituyen una competencia a las actividades inherentes a la radiodifusión comercial
Si el Ejecutivo Federal no utilizare, total o parcialmente, tales tiempos para transmisión, deberá hacerlo el concesionario para sus propios fines, a efecto de no interrumpir el servicio de radiodifusión.
Se autoriza a la SHCP, para recibir de los concesionarios de estaciones comerciales de radio y de televisión el pago del impuesto.
La industria de la radiodifusión comercial se ocupará de la publicidad y propaganda de marcas, servicios o empresas específicos.
LMYT D01
Equipo:
Nahomi Gomez Lozada
Evelyn Denisse Almaguer Ortiz
Angela Cristina Rodriguez Saldivar