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Art. 50.- Consejo Ejecutivo. - Coggle Diagram
Art. 50.- Consejo Ejecutivo.
Está conformado por:
El Vicerrector o Subdirector
Tres (3) vocales principales
El Rector o Director
Art. 51.- Vocales.
Duran dos (2) años en sus funciones
Pueden ser reelegidos después de un período
Deben entrar en funciones 30 días después de su elección
En caso de ausencia temporal deben ser convocados los suplentes en orden de elección
Son elegidos en la última sesión
ordinaria de la Junta General
Art. 52.- Requisitos
Haber laborado en el plantel un mínimo de 2 años, excepto en las instituciones educativas de reciente creación
No haber sido sancionado con suspensión en el ejercicio docente
Ser docente en el establecimiento respectivo
Art. 53.- Deberes y atribuciones.
Conformar las comisiones permanentes
Diseñar, implementar estrategias para la protección integral
Elaborar el Código de Convivencia
6.. Crear estímulos para los estudiantes
Realizar los reajustes Al PEI
7.. Promover la realización de actividades de mejoramiento docente y de desarrollo institucional
Elaborar el Plan Educativo Institucional
Conocer y aprobar los informes de los
departamentos, organismos técnicos y comisiones
Controlar la correcta conservación y cuidado de los bienes institucionales
Conocer y aprobar el Plan Didáctico Productivo
Servir de instancia para resolver los conflictos
Formular las políticas que guíen las labores de atención integral
Aprobar el Plan Operativo Anual del Departamento de Consejería Estudiantil
Evaluar los programas implementados
Apoyar al Jefe del Departamento de Consejería Estudiantil