Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Utilización de formas fiscales y código de barras, image, image, image,…
Utilización de formas fiscales y código de barras
¿Qué es?
El Código de Barras Bidimensional (CBB) es un dispositivo de seguridad proporcionado por el SAT, en el cual se incorporan datos de la persona que emite la factura como son:
RFC del emisor
Número de aprobación
Rango de folios aprobados y en su caso serie
Fecha de la asignación de folios
Vigencia
¿Quiénes deben facturar con CBB?
Si tiene ingresos anuales iguales o menores a 4 millones de pesos es obligatorio expedir comprobantes fiscales con CBB:
Persona física con actividad empresarial
Renta inmuebles
Vendedor
Personas morales: doctores, ingenieros, abogados, arquitectos, contadores, etc.
Oficio, ya sea plomero, carpintero, etc.
Este código incluye los datos de la persona física o moral que emite el comprobante fiscal y el número de aprobación del SAT.
Se encuentra siempre impreso en facturas en papel, de ninguna manera en factura electrónica.
Uso de formatos y formas fiscales
Al realizar un trámite ante la autoridad fiscal, la normatividad señala que los contribuyentes deben utilizar los formatos y solicitudes autorizados, así como, los procesos establecidos en las diferentes disposiciones legales.
En una parte muy importante del contenido de la RMF para 2018, es el Anexo 1, el cual contiene las formas y formatos disponibles para que los contribuyentes realicen trámites y gestiones ante la autoridad fiscal.
Requisitos de los comprobantes impresos con CBB:
De acuerdo al artículo 29-A del CFF:
Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor.
Si se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan.
Lugar y fecha de expedición.
Clave del Registro Federal de Contribuyente de la persona a favor de quien se expida.
Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.
Valor unitario consignado en número.
. Importe total consignado en número o letra.
Señalamiento expreso cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.
Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados desglosados por la tasa del impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.
Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.