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TITULO CUARTO Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los…
TITULO CUARTO
Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones
CAPITULO I
Obligaciones de los patrones
Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o
establecimientos;
Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones, de conformidad con las normas
vigentes en la empresa o establecimiento;
Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales
necesarios para la ejecución del trabajo
Proporcionar local seguro para la guarda de los instrumentos y útiles de trabajo
Mantener el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los trabajadores en las
casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo análogos
Guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose de mal trato de palabra o
de obra;
Expedir cada quince días, a solicitud de los trabajadores, una constancia escrita del número
de días trabajados y del salario percibido;
Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del término de tres
días, una constancia escrita relativa a sus servicios;
Artículo 132.- Son obligaciones de los patrones:*
Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones
populares y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales
Permitir a los trabajadores faltar a su trabajo para desempeñar una comisión accidental o
permanente de su sindicato o del Estado, siempre que avisen con la oportunidad debida
Poner en conocimiento del sindicato titular del contrato colectivo y de los trabajadores de la
categoría inmediata inferior, los puestos de nueva creación, las vacantes definitivas y las
temporales que deban cubrirse;
Establecer y sostener las escuelas Artículo 123 Constitucional, de conformidad con lo que
dispongan las leyes y la Secretaría de Educación Pública;
Colaborar con las Autoridades del Trabajo y de Educación, de conformidad con las leyes y
reglamentos, a fin de lograr la alfabetización de los trabajadores;
Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores, en los términos del Capítulo
III Bis de este Título.
Instalar y operar las fábricas, talleres, oficinas, locales y demás lugares en que deban
ejecutarse las labores
Contar, en los centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores, con instalaciones
adecuadas para el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad;
Cumplir el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y
medio ambiente de trabajo, así como disponer en todo tiempo de los medicamentos y
Fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se preste el trabajo las disposiciones
conducentes de los reglamentos y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad
Proporcionar a sus trabajadores los medicamentos profilácticos que determine la autoridad
sanitaria en los lugares donde existan enfermedades tropicales o endémicas, o cuando exista peligro de epidemia