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PRINCIPIO DE DIRECCIÓN JUDICIAL DEL PROCESO - Coggle Diagram
PRINCIPIO DE DIRECCIÓN JUDICIAL DEL PROCESO
Deberes del juez
Deber de impulsar de oficio los procesos
Deber de adecuar la exigencia de las formalidades a los fines del proceso
Deber de interpretar el contenido y alcances de los derechos constitucionales de conformidad con los tratados en materia de derechos humanos.
Deber de preferir la norma constitucional antes que la legal
Deber de interpretar y aplicar las leyes según los preceptos y principios constitucionales conforme a la interpretación del Tribunal Constitucional
Deber de aplicar el derecho que corresponde al proceso
Deber del juez de declarar fundada la demanda aunque haya ocurrido la sustracción de la materia
Deber del juez de remitir la noticia criminis al fiscal en los procesos constitucionales fundados donde se haya cometido delito.
Deber de los jueces superiores de integrar las sentencias que omitan algo
Deber de los jueces de tramitar con carácter preferencial los procesos constitucionales
Deber del juez de expedir sentencia cumpliendo los requisitos que esta debe contener
Superación del principio dispositivo al principio inquisitivo
De esta manera, la dirección judicial del proceso se basa en el principio inquisitivo.
Anteriormente, según el principio dispositivo, el juez solo asumía un rol pasivo en el proceso, donde eran las partes quienes debían inicial el proceso y solicitar las pruebas.
Actualmente, con el principio inquisitivo, se le delega al juez la función de investigar la verdad por todos los medios legales a su alcance. Es así que, el juez ya tiene facultad para iniciar un proceso y dirigirlo.
El rol determinante del juez en el principio de dirección judicial
Bajo este principio, el juez encamina el resultado del proceso, promueve los actos procesales, esclarece los hechos y le da solución a los conflictos que se le presenten.