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Condiciones de Testamento, Andrea Romero Castro - Coggle Diagram
Condiciones de Testamento
Condiciones
Libertad para poner condiciones al disponer de sus bienes
Si la condición de se hubiese cumplido al hacerse el testamento ignorándolo el testador, se tendrá por cumplida.
Pero si este lo sabía, sólo se tendrá por cumplida si ya no puede cumplirse de nuevo
Se rigen por las reglas de las obligaciones condicionales
La falta de cumplimiento de alguna condición no afectará si se demuestra que se emplearon todos los medios para cumplirla
Si la condición es física/ legalmente imposible,
se anula
.
Si la condición era imposible al otorgarse el testamento y deja de serlo a la muerte del testador,
es válida
Si la condición es que el heredero o legatario otorgue disposición a favor de una persona o del testador,
será nula.
La condición que suspende por cierto tiempo la ejecución del testamento, no impide que se adquiera derecho a la herencia o legado, y se transmita a los herederos.
Si no se establece plazo para el cumplimiento de la condición, la cosa permanece en poder del albacea, al hacer la repartición se asegura su derecho de legatario.
Si la condición es potestativa de dar o hacer y se ofrece ser cumplida o no, y la persona responsable de cumplir con la condición se rehusa aceptarla, la condición se da por cumplida.
Condición potestativa
La circunstancia recogida en la condición depende, en parte, de la voluntad de una de las partes, de las dos, o de un tercero ajeno a la relación jurídica. casual.
La condición potestativa se tiene por cumplida si se prestó antes de que se otorgara el testamento.
La condición de no dar o de no hacer se tiene por no puesta ( incluyendo la condición de no impugnar el testamento)
Si se dejó derecho de uso, habitación, pensión o usufructo por el tiempo en que una persona permanezca soltera, es válido.
Se fijará la pensión mediante el principio de proporcionalidad y necesidad (Art. 311CC)
Carga
La carga de una cosa se considera como
condición resolutoria
Condición resolutoria es la que determina que, si se cumple, el acto jurídico queda resuelto, pero, entre tanto se considera consumado y con total validez.
Si no se señaló el tiempo para cumplir la carga, la cosa permanecerá en poder del albacea hasta que se dé cumplimiento.
Gravamen
Legado
Si el legado es de
prestación periódica
, el legatario hace suyas todas las prestaciones hasta que se cumpla el día.
Si el legado se concluye en un día seguro, se entregará la cosa o cantidad al legatario que se considerará como usufructuario.
Si no hay seguridad sobre qué día se debe hacer entrega de la cosa legada, el legatario tiene respecto de ella los derechos y obligaciones de un usufructuario.
Bienes que se pueden disponer por testamento
El testador debe dejar pensión alimentaria
(Art. 1368 CC)
No hay obligación alimentaria
A falta o imposibilidad de los parientes más próximos en grado.
A las personas que tengan bienes, y aún teniéndolos su producto no iguala a la pensión que les corresponde
Para tener derecho a alimentos se necesita
Tener parentesco
Cesa el derecho cuando el interesado deja de tener necesidad, observe mala conducta o adquiera bienes
El derecho de alimentos
no es renunciable
, ni puede ser objeto de transferencia
Si la herencia no es suficiente para dar alimentos se aplican las reglas:
Se ministrarán a los descendientes y al cónyuge supérstite a prorrata;
Cubiertas las pensiones a que se refiere la fracción anterior, se ministrarán a prorrata a los ascendientes;
Después se ministrarán también a prorrata a los hermanos y a la concubina;
Por último, se ministrarán igualmente a prorrata, a los demás parientes colaterales dentro del cuarto grado.
Ministrar:
Ejercer una función o un empleo el juez ministró durante años con gran dedicación.
v. tr. Proporcionar una cosa a una persona
Prorrata:
Una prorrata es la cuota o parte proporcional a la que un miembro de una colectividad tiene derecho u obligación en base a su participación en la misma.
Es inoficioso el testamento en que no se deje pensión alimenticia
Art. 1244-1367 CCDF
Andrea Romero Castro