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Proceso jurisdiccional, Proceso y Procedimiento - Coggle Diagram
Proceso jurisdiccional
Acumulación procesal
Se pueden contemplar tres especies que dan lugar a la acumulación de partes (litisconsorcio), acumulación de acciones (de pretensiones) y acumulación de autos (o de expedientes).
Acumulación por partes
Existe la posibilidad de intervención de terceros (terceristas) en relaciones procesa los preexistentes. En cuanto a esas intervenciones de terceros y terceristas, remitimos a lo dicho sobre el particular.
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Especies
Consiste en la unificación dentro de un mismo expediente de las pretensiones, causas o procesos que intrínsecamente tengan conexión.
Coinciden con elementos integrantes de la pretensión procesal o en la identidad de los actores con la misma litis.
La primera especie para que proceda la acumulación procesal tiene que ver con la celeridad del proceso, el motivo es el ahorro del tiempo y recursos para la obtención de la sentencia.
Garantizando así la economía procesal y la utilización mínima de gastos, el segundo radica en la acumulación de conductas similares.
Las cuales no pueden estar en el mismo lugar para ser juzgadas por cuerda separada donde posiblemente se obtengan resoluciones contradictorias.
Escisión procesal
La escisión ocurre cuando el juzgador opta por sustanciar el procedimiento separándoles toda vez que considera que el objeto es materia de dos o más procesos que deben llevarse por cuerda separada y evitar la posibilidad del fallo contradictorio en litigios conexos.
Que la unión de la lisitos no esté dando el resultado que se pretenda por estar generando retraso en el proceso o costos innecesario entre las partes
Dilatando que se resuelva lo principal mientras se resuelven partes accesorias pero que también tienen importancia para la resolución del proceso.
El riesgo de que el fallo en las sentencias contradictorias haya quedado conjurado o superado con el resultado de las actuaciones comunes practicadas.
Se impone la necesidad de que el juzgador tome las medidas necesarias para la tutela y satisfacción de los principios mencionados y de los valores protegidos.
Sin permanecer impasible ante su evidente afectación, mediante del decreto de la separación de lo que está unido.
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Suspensión
El proceso es una cosa que debe hacerse a lo largo del tiempo. Los plazos son pues, los lapsos dados para la realización de los actos procesales.
Es la eventualidad procesal que actúa únicamente como pausa, es decir, que cuando se reanuda en el punto en que la acción procesal quedó en suspenso previa declaratoria judicial.
Permite que se den fallos contradictorios en una o más sentencias ya principales o accesorias, pero que están relacionadas entre sí.
También es procedente para hacer valer lo pactado en un contrato para darle vista al Tribunal que conocerá del asunto,
Extinción
El proceso se extingue o concluye por dos vías, la natural y por hechos coyunturales al proceso.
De manera natural por la vía de la sentencia o por desistimiento de la instancia, cuando el proceso alcanza una sentencia inapelable o firme concluye el proceso de forma natural.
Porque el que intentaba alcanzar una pretensión se ha desistido de ella y por tanto queda sin materia el proceso y por tanto termina.
Causas Coyunturales
Se refieren por ejemplo a la muerte de alguna de las partes y que sus herederos no puedan subrogarse a la causa o que ésta necesariamente se extinga
Interrupción
El proceso se interrumpe cuando durante el proceso ocurren hechos materiales a las personas obligadas a realizar actos procesales en defensa de su interés.
Por ejemplo la pérdida de la libertad, la pérdida temporal del derecho exigible o exigido, el derecho de postulación por decisión o por ausencia de representación legal y en pocos casos la muerte.
La interrupción detiene en absoluto el proceso retrotrayéndolo al inicio del mismo, a diferencia de la suspensión en el que el proceso se reanuda donde quedó suspendido.
Proceso y Procedimiento
Definición proceso
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Objetivo
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La declaración de la existencia de un derecho, de un hecho o de una relación jurídica
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Juicio procesal
Nos indica en el punto en que ponemos nuestra atención, en el rito para juzgar o en el acto de juzgar.
El juicio es un acto mental, una acción en virtud de la cual se pretende restablecer el orden que ha sido alterado por una de las partes
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Actos procesales
Actos jurídicos voluntarios por los sujetos del proceso cuyos efectos serán los de crear, modificar o extinguir derechos procesales o relaciones jurídicas
El acto jurídico que constituye,
modifica o extingue el proceso.
Clasificación subjetiva
Actos procesales de las partes: actos constituidos por las conductas
voluntarias por el demandante y por el demandado
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Actos procesales de los terceros: actos jurídicos realizados por terceros ajenos a
la relación procesal
Clasificación funcional
Actos de iniciación procesal : Hay actos que persiguen que comience un proceso, dar vida
Actos de desarrollo: Persiguen que comience un proceso, puede comenzar por una demanda