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La Filiación - Coggle Diagram
La Filiación
Efectos
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Los efectos de la filiación no dependen del tiempo en que se prueban ya que están desde que el hijo existió y no desde que se constata la filiación.
Filiación Matrimonial: Los apellidos de los hijos se forman de la siguiente manera primero va el primer apellido del padre y luego el primer apellido de la madre. Art. 235 C.C.V
Filiación Extramatrimonial: Cuando hay reconocimiento simultáneo de ambos padres en partida de nacimiento, rige lo establecido en el Art. 235 C.C.V.; en cambio, cuando primero se da el reconocimiento por parte de uno de los padres y luego el otro, el hijo tiene la opción de usar los nuevos apellidos o conservar sus apellidos anteriores.
Clases de Filiación
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*Filiación Matrimonial: Matrimonio de los padres, la maternidad, la paternidad y la concepción dentro del matrimonio.
*Filiación Extramatrimonial: El parentesco del hijo extramatrimonial no depende del parentesco del hijo con la madre, son autónomas estas pruebas entre sí.
Filiación Extramatrimonial
La filiación extramatrimonial es también conocida como filiación ilegitima: es decir, la derivada de la unión no matrimonial. Esta se da tanto en los casos en que no hay imposibilidad de matrimonio entre los padres como en aquellos en los que media algún impedimento, ya sea por matrimonio subsistente de algunos de ellos, relación de parentesco.
Su Prueba
A través de la prueba negativa de los grupos sanguíneos, se determina la paternidad o la maternidad, si era coincidente el grupo de sangre del hijo con el del padre o con el de la madre, según el caso. Sí fuesen varios los posibles padres de la criatura, la paternidad de uno de los demandados sólo será demandada si el examen descarta a los demás autores.
El reconocimiento Voluntario
El reconocimiento voluntario es un proceso simple que permite que un padre y una madre no casados firmen un documento y establezcan una relación legal entre el padre y su hijo sin necesidad de recurrir a los tribunales. Firmar el reconocimiento es voluntario y cada padre o madre toma su decisión. Si ambos aceptan firmar y completar el reconocimiento voluntario de paternidad, ésta queda establecida.
Su Prueba
Debe someterse a una prueba de paternidad, también denominada prueba genética.
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Filiación Matrimonial
Filiación determinada por la concurrencia de los siguientes requisitos: maternidad, paternidad y matrimonio entre el padre y la madre. El CC establece unas reglas para determinar este tipo de filiación, bien legalmente (art. 115) o bien por ciertas presunciones.
Su Prueba
"La filiación se acredita por la inscripción en el Registre Civil, por el documente o sentencia que la determina legalmente, por la presunción de paternidad matrimonial, y a falta de los medios anteriores, por la posesión de estado. Para la admisión de pruebas distintas a la inscripción se estará a lo dispuesto en la Ley de Registre Civil...".
La filiación es el vínculo jurídico que existe entre dos personas donde una es descendiente de la otra, sea por un hecho natural o por un acto jurídico.
Tipos de Filiación: Es la relación natural existente entre el generante y el generado, posee la característica de que sucede siempre en todas las personas.
Biológica: Jurídica: Es la relación de derecho que hay entre hijos y padres, proviene de la relación biológica de la generación; posee como característica que no siempre existe, ya que para reconocer los derechos se necesita de la comprobación de la existencia de dicha relación.
Principios Generales de la Filiación: Debe ser legalmente probada. Los efectos de la filiación no dependen del método de prueba usado para comprobarla.
Elementos de la Filiación:
Es el vínculo jurídico del hijo con su padre y madre cuando éstos están casados para cuando surgió la concepción del hijo o para cuando nació. Es el vínculo jurídico entre hijo y padre o entre hijo y madre cuando los progenitores no estaban casados ni para el momento de la concepción ni para el nacimiento del hijo.
Reconocimiento Forzoso
Es el acto realizado por el hijo por sí o por representante legal de demandar en juicio ordinario al supuesto padre para obtener el reconocimiento donde se presume la paternidad. hombre que éste pretende ser su padre.
Inquisición de Paternidad
A falta de reconocimiento voluntario, la filiación del hijo concebido y nacido fuera del matrimonio puede ser establecida judicialmente. Con todo género de pruebas, incluidos exámenes o experticias hematológicas y heredo-biológicas consentidos por el demandado.
Antholyz Dudamel, Yaimara Alas y María V. Arellano