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Bienes y derechos reales, muebles, fungible, único, público, sanción,…
Bienes y derechos reales
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5.14 Bienes del poder público: Estos bienes de uso común y los desestimados son inalienables e imprescriptibles.
5.19 Bienes de propiedad particular: Son los que pertenecen legalmente y no puede aprovecharse ninguno sin su consentimiento o autorización de la ley.
Venta del mostrenco: Si no se presenta el propietario, se procederá a la venta en almoneda pública y se entregará el 25% al denunciante y el resto remitirá al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del municipio.
5.15 Características: Pueden ser aprovechados por todas las personas siempre y cuando se respete lo establecido en la ley. Estos bienes están destinados a un fin en específico.
5.16 Sanciones por impedir el provecho de los bienes: Obligación a pagar daños y perjuicios y perderán las obras que hubieren ejecutado.
5.17 Bienes propios del poder público: Son Bienes propios del poder público los que no están destinados al uso común o a un servicio público.
5.18 Enajenación de bienes propios: Esta enajenación se hará conforme a leyes especiales y a falta de ella, conforme a las disposiciones para la propiedad privada.
5.22 Entrega del mostrenco a su propietario: Si en un mes comparece el propietario, le será entregado el bien o el precio del mismo.
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palomeras, colmenas, estanque de peces o similares
maquinas, instrumentos o utensilios destinados por el propietario del inmueble
fertilizantes, herbicidas, fungicidas, insecticidas, semillas
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5.6 bienes muebles
por naturaleza
los que pueden trasladarse de un lugar a otro, ya sea por sí mismos o por efectos de fuerza exterior.
por ley 5.7
las obligaciones y derechos y acciones que tienen por objeto cosas muebles o cantidades exigibles en virtud de acción personal
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5.23 bien monstrenco
no se presentara el propietario, o no justifica la
propiedad, se procederá a la venta en almoneda pública
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