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CONTABILIDAD PARA LAS ORGANIZACIONES - Coggle Diagram
CONTABILIDAD PARA LAS ORGANIZACIONES
Aporte al fondo de solidaridad
el aporte lo realizan los colombianos que devenguen más de cuatro SMLV, brindando mensualmente el 1% de su salario al Fondo de Solidaridad Pensional
y los trabajadores que ganan más de 20 SMLV hacen un aporte máximo del 2%
el aporte adicional con destino al fondo de solidaridad pensional debe ser pagado en su totalidad por el trabajador.
destinada a subsidiar las cotizaciones para pensiones de los grupos de población que por sus características y condiciones socioeconómicas no tienen acceso a los Sistemas de Seguridad Social
Aporte Sena
se dispone el pago de salarios y prestaciones a todos los servidores públicos del SENA, a nivel nacional, de manera mensual, a partir del mes de julio del año en curso. El pago se efectuará dentro de la última semana de cada mes.
se financia con los aportes que debe realizar toda empresa obligada a ello por cada empleado que tenga, en un porcentaje equivalente al 2% de la nómina.
Fondo de Inversión Colectiva (FIC)
es un mecanismo de ahorro e inversión administrado por Sociedades Fiduciarias
son gestionados de manera colectiva por la entidad Fiduciaria y los resultados económicos que se obtengan son distribuidos proporcionalmente y de manera diaria entre todos los inversionistas.
Dotación
los trabajadores permanentes tienen derecho a la dotación laboral
si se trata de un contrato por prestación de servicios, el colaborador no debe recibir la dotación
todo trabajador que devengue hasta dos salarios mínimos legales vigentes tiene derecho a la dotación
el trabajador debe llevar, mínimo, tres meses laborando en la empresa para recibir la dotación laboral
la entrega de esta prestación social es cada cuatro meses durante el año
Tipos de contrato
temporal
formación y aprendizaje
indefinido
prácticas
Incapacidades
existen las temporales y las permanentes
de origen común o profesional
el caso de las incapacidades por accidente de trabajo, el afiliado tendrá derecho al pago de un subsidio
equivalente al 100% de su salario estando a cargo de la A.RL
cuando las incapacidades superan los dos días, el funcionario recibe un auxilio por enfermedad general y dicho pago es asumido por
la EPS
los dos primeros días de una incapacidad los asume el empleador en
un 100%