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Jucio de Amparo Indirecto, REFERENCIAS: LEY DE AMPARO - Coggle Diagram
Jucio de Amparo Indirecto
Un amparo directo es aquel en el que la demanda se hace ante la autoridad competente para que sea esta quien lo redirija al Tribunal de Circuito correspondiente, que es el organismo encargado de dictar sentencia.
El amparo indirecto procede:
Contra normas generales que por su sola entrada en vigor o con motivo del primer acto de su
aplicación causen perjuicio al quejoso.
Contra actos u omisiones que provengan de autoridades distintas de los tribunales judiciales,
administrativos o del trabajo
Contra actos, omisiones o resoluciones provenientes de un procedimiento administrativo
seguido en forma de juicio
Contra actos de tribunales judiciales, administrativos, agrarios o del trabajo realizados fuera
de juicio o después de concluido.
Contra actos en juicio cuyos efectos sean de imposible reparación, entendiéndose por ellos los que afecten materialmente derechos sustantivos tutelados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte
Contra actos dentro o fuera de juicio que afecten a personas extrañas;
. Contra las omisiones del Ministerio Público en la investigación de los delitos, así como las
resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal
Contra actos de autoridad que determinen inhibir o declinar la competencia o el conocimiento
de un asunto, y
La demanda
de amparo indirecto deberá
formularse
El nombre y domicilio del quejoso y del que promueve en su nombre, quien deberá acreditar su
representación;
El nombre y domicilio del tercero interesado
La autoridad o autoridades responsables.
. La norma general, acto u omisión que de cada autoridad se reclame;
Bajo protesta de decir verdad, los hechos o abstenciones que constituyan los antecedentes del
acto reclamado o que sirvan de fundamento a los conceptos de violación;
Los preceptos que, conforme al artículo 1o de esta Ley, contengan los derechos humanos y
las garantías cuya violación se reclame;
Los conceptos de violación.
REFERENCIAS: LEY DE AMPARO