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Aplicación del factor de actualización, INEGI1-copia-1, inflación-inpc…
Aplicación del factor de actualización
Se obtendrá
Dividiendo el INPC del mes anterior al más reciente del periodo entre el citado índice correspondiente al mes anterior al más antiguo de dicho periodo.
Las contribuciones, los aprovechamientos, así como las devoluciones a cargo del fisco federal, no se actualizarán por fracciones de mes.
Aplicación del último INPC mensual publicado
En los casos en que el INPC del mes anterior al más reciente del periodo, no haya sido publicado por el INEGI, la actualización de que se trate se realizará aplicando el último índice mensual publicado.
Cuando el resultado de la operación sea menor a 1, el factor de actualización será 1.
Los valores de bienes u operaciones se actualizarán cuando las leyes fiscales así lo establezcan.
Las disposiciones señalarán en cada caso el período de que se trate.
Las cantidades actualizadas conservan la naturaleza jurídica que tenían antes de la actualización.
El monto de ésta, no será deducible ni acreditable.
Actualización de cantidades
Las cantidades en moneda nacional se actualizarán cuando:
El incremento porcentual acumulado del INPC desde el mes en que se actualizaron por última vez, exceda del 10%.
Dicha actualización
Entrará en vigor a partir del 1 de enero
del siguiente ejercicio a aquél en el que se haya dado dicho incremento.
Se considerará el período comprendido desde el último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización y hasta el último mes del ejercicio en el que se exceda el porcentaje citado.
El factor de actualización se obtendrá dividiendo el INPC del mes inmediato anterior al más reciente del período entre el INPC correspondiente al último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización.
Ajuste de cantidades a decenas
Dicho monto se ajustará para que las cantidades de 0.01 a 5.00 pesos en exceso de una decena, se ajusten a la decena inmediata anterior y de 5.01 a 9.99 pesos en exceso de una decena, se ajusten a la decena inmediata superior.
Publicación del factor de actualización
El SAT realizará las operaciones aritméticas y publicará el factor de actualización así como las cantidades actualizadas en el DOF.
Cálculo de factores o proporciones hasta el diezmilésimo
Cuando se deban realizar operaciones aritméticas, con el fin de determinar factores o proporciones, las mismas deberán calcularse hasta el diezmilésimo.