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Aprueban el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para…
Aprueban el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido
Objetivo, Principios y Definiciones
Artículo 2.- Los Principios
Se tomarán en cuenta las disposiciones
y principios de la Constitución Política
del Perú, del Código del Medio Ambiente
y los Recursos Naturales y la Ley
General de Salud, con especial énfasis en
los principios precautorio, de prevención
y de contaminador - pagador.
Artículo 3.- Las Definiciones
Decibel A (dBA): Usar el nivel de presión
sonora medido con el filtro de ponderación A,
que permite registrar dicho nivel.
Zona comercial: Área autorizada por el gobierno
para la realización de actividades comerciales y de servicios.
Decibel (dB): Usada para expresar el logaritmo de la cantidad medida y una cantidad de referencia.
Zonas mixtas: Áreas donde se combinan en una misma manzana. Residencial - Industrial, Comercial.
Acústica: Energía mecánica en forma
de ruido, vibraciones, sonidos y
ultrasonidos.
Artículo 1.- El Objetivo
Con el objetivo de proteger
la salud, mejorar la calidad
de vida de la población y
promover el desarrollo
sostenible.
Los Estándares Nacionales de Calidad Ambienta para Ruido
Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido
Artículo 5.- Las zonas de aplicación de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido
Se especifican las siguientes
zonas de aplicación: Zona Residencial,
Zona Comercial, Zona Industrial,
Zona Mixta y Zona de Protección Especial.
Artículo 6.- Las zonas mixtas
El ECA se aplicará de la siguiente manera: Donde exista zona mixta Residencial - Comercial, también donde exista zona mixta Comercial - Industrial.
Artículo 4.- Los Estándares Primarios de Calidad Ambiental para Ruido
Los Estándares Primarios de Calidad Ambiental (ECA) para Ruido establecen los niveles máximos de ruido en el ambiente que no deben excederse para proteger la salud humana. Dichos ECA’s consideran como parámetro el Nivel de Presión Sonora Continuo Equivalente con ponderación A (LAeqT) y toman en cuenta las zonas de aplicación y horarios, que se establecen en el Anexo Nº 1 de la presente norma
Artículo 7.- Las zonas de protección especial
Deberán identificar las zonas de
protección especial y priorizar las
acciones o medidas necesarias.
Situaciones Especiales
Artículo 14.- Las Situaciones Especiales
Las municipalidades provinciales o distritales según corresponda, podrán autorizar la realización de actividades eventuales que generen temporalmente niveles de contaminación sonora por encima de lo establecido en los estándares nacionales de calidad ambiental para ruido, y cuya realización sea de interés público.
Proceso de Aplicación de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para
Ruido
La Gestión Ambiental de Ruido
Artículo 10.- La vigilancia de la contaminación sonora
Artículo 11.- La Verificación de equipos de medición
Artículo 9.- Los lineamientos generales
Artículo 12.- La aplicación de sanciones
por parte de los municipios
Artículo 8.- Los Planes de Acción
para la Prevención y Control de
la Contaminación Sonora
Revisión de los Estándares
Nacionales de Calidad
Ambiental para Ruido
Artículo 13.- La revisión