Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
ENTRE FORMALISMO Y ANTIFORMALISMO - Coggle Diagram
ENTRE FORMALISMO Y ANTIFORMALISMO
DISTINTAS EXPLICACIONES E NORBERTO BOBBIO
DIFERENCIAS BASICAS ENTRE FORMALISMO JURÍDICO Y FORMALISMO ETICO
FORMALISMO ETICO
alude a cierta teoría de lajusticia, en particular, la teoría según la cual el acto justo es aquel que es conforme a la ley, e injusto aquel que esta en desacuerdo con ella
FORMALISMO JURIDICO
En cambio se circunscribe a una determinada forma de hacer teoría jurídica que "presenta al derecho como una forma, por lo que este formalismo se caracteriza por prescindir del contenido y de la esfera social de las normas
ANTIFORMALISMO
Por su parte comprenderá mas detenidamente: la escuela de la libre investigación científica, el movimiento del derecho libre y el realismo jurídico de estados unidos. finalmente, como se vera, me restrinjo de hacer demasiadas generalizaciones , e intento centrarme en el pensamiento de algunas de sus figuras mas distinguidas
OBJETIVO
Se busca ilustrar como se ha ido desarrollando esta discusión en la historia del pensamiento jurídico, que es en gran parte la historia entorno a como la realidad social comienza a se considerada un aspecto relevante para la comprensión de lo jurídico
Tanto formalismo como antiformalismo son corrientes complejas que pueden ser analizados desde diversos puntos de vista y con riesgo a la generalización
2.FORMALISMO Y ANTIFORMALISMO FRANCÉS
El formalismo francés se manifiesta con la escuela de la exégesis, expresión jurídica de la revolución que hunde sus raíces en la filosofía racionalista
EL LEGICENTRISMO
Plantea que el legislador racional representante de la nación crea leyes que serán la única autoridad legítima, que tiene un valor en si mismas, que solo en virtud de ellas se podrán limitar derechos y libertades y que son para todos, gracias a su generalidad y del abstracción (igualdad formal clásica)
el principal factor de este pensamiento, es el código civil napoleónico de 1804, dando lugar a una ciencia jurídica estrictamente normativista y acrítica.
CARACTERISTICAS DE LA ESCUELA EXEGETICA
1.El derecho positivo lo es todo y todo el derecho está constituido por la ley
2.El juez al interpretar debe buscar la intención del legislador, éste no puede asumir una función creadora del derecho
3.El juez al descubrir dicho espíritu debe extraer de él, deductivamente, todas las consecuencias que de la norma se desprenda.
4.La costumbre como fuente del derecho no tiene valor, la analogía legis es suficiente para superar las insuficiencias de la ley
los argumentos de autoridad, las obras de los predecesores son muy importantes
estabilidad del derechos
ANTIFORMALISMO FRANCÉS: ESCUELA CIENTÍFICA
método de interpretación y fuentes en el derecho privado positivo, considerada un verdadero un verdadero manifiesto de la nueva escuela. por lo que será en geny en quien centrare la exposición de esta vertiente antiformalismo
Geny fue un antiformalista,v pero también fue un normativista, como vemos, valoro la importancia de la ley y su proceso de codificación
todo lo que diga el legislador
una de sus mas importantes preocupaciones, precisamente, estuvo en objetivizar la labor del juez
el juez debe indagar recurriendo a una gran cantidad de datos que proporciona las ciencias sociales, teniendo especial preocupación por percibir la utilidad social y la justicia de la decisión
EL DATO
el dato formula la regla del derecho tal como resulta de la naturaleza de las cosas
LOS CONSTRUIDO
hace referencia a un medio de trabajo subjetivo, artificial, que tiende a erigir la regla jurídica bruta en precepto susceptibles de insertarse en la vida. La ciencia tiene por objeto constatar los datos de la naturaleza y de los hechos. cometido de la técnica es la construcción juridica
LA CIENCIA TRABAJA CON 4 TIPOS DE DATOS:
1.Reales condiciones políticas, económicas y sociales de decidir
Los datos históricos, constituidos por las prácticas y usos sociales
3.Los datos racionales, donde se encuentran los principios éticos válidos en si mismos
4.Los datos ideales, es decir, los fines de la ley
La técnica es un auxilio de la ciencia que busca concretizarlos, distinguiendo en ella procedimientos formales e intelectuales
FORMALES
son de limitado contenido, aca ubica la ley y las demás fuentes formales que se han indicado
INTELECTUALES
Los intelectuales, son de contenido ilimitado y comprenden las conceptualizaciones que se realizan en el ámbito de lo jurídico
3.FORMALISMO Y ANTIFORMALISMO
ALEMÁN
FORMALISMO ALEMÁN: JURISPRUDENCIA DE LOS CONCEPTOS
Tiene como principal exponente a la "jurisprudencia de los conceptos", derivados de la escuela histórica de Puchta y Savigny.
PUCHTA
siguiendo la herencia de la escuela histórica, señalaba que las normas jurídicas tienen una conexión orgánica con el espíritu del pueblo
1, giro de pensamiento
2.aleja de dicha escuela
marca el surgimiento del formalismo
planteamiento relativo a la existencia de una conexión lógica conceptual entre las normas
GENEALOGÍA DE CONCEPTOS
Que comprende una pirámide de conceptos del sistema construido según las reglas de la pura lógica formal.
concepto superior condiciona el contenido de los conceptos inferiores
la lógica formal elabora con rigurosidad conceptos capaces de dar todas las respuesta que necesita el juez al realizar su labor
ACTIVIDAD JUDICIAL
buscaba excluir todo voluntarismo e irracionalidad en el proceso de interpretacion y aplicacion del derecho
los conceptos que no dan margen a grandes dudas interpretativas, pues señalan con claridad la solución de los casos que se le presentan
SEGURIDAD JURIDICA
ANTIFORMALISMO ALEMÁN: MOVIMIENTOS DEL DERECHO LIBRE
Una de las principales reaccionan contra este formalismo vino dada por el movimiento del derecho libre, sus principales fuentes de inspiración fueron los trabajos de Rudolf Von Jhering. Segunda etapa de su pensamiento participó de la jurisprudencia de los conceptos
ciclos de los conceptos a la tierra, para tomar contacto directo con la realidad
EUGEN EHRLICH
El hallazgo del derecho libre y la ciencia del derecho libre
HERMANN KANTOROWICZ PRINCIPAL EXPONENTE DEL MOVIMIENTO
La lucha por la ciencia del derecho
el punto de partida de las críticas se conectan con la consecuencias de la labor científica de la jurisprudencia de los conceptos,
elaboración de conceptos dogmáticos
2.proposiciones no abiertas al debate crítico
Acá aparece el término derecho libre una de las claves básicas del pensamiento de los autores
derecho independiente de poder estatal
DERECHO ESTATAL
DERECHO LIBRE: siempre ha existido y se a aplicado
se trata más bien de los resultados de las épocas culturales más diversas y de muy diferentes círculos de vida que se desenvuelven orgánicamente y no con arreglo a un plan fijo
El juez y debe prescindir de la ley . en primer lugar ls ley no ofrece una decisión carente de dudas
segundo lugar, si no va encontra de la convicción
en ambos casos dictara el juez la sentencia según su convicción el actual poder del estado habría decretado, si hubiese pensado en el caso de autos
quedamos ante un juez que ya no debería recurrir falsamente a la lógica para fundamentar su decisión conforme a una determinada regla interpretativa o conforme a una determinada norma
Ampliase a la adquisición de conocimiento sociológicos y sicologicos "especialista en los hechos, no mago de las decisiones jurídicas
es coherente con la libertad 2.reconoce como latente en la actividad del juez 3.juez actúa como legislador en casos de laguna legal y ausencia de costumbre aplicable al caso concreto
LA FUNCIÓN DE LA CIENCIA JURÍDICA QUE PROPUGNA ES DOBLE
DESCRIPTIVA: en cuanto conocimiento del derecho. PRESCRIPTIVA: en cuanto fuente del derecho, pues a traves del analisis empirico de la realidad, su función es señalas las normas extra-estatales que integran el derecho libre
4.FORMALISMO Y ANTIFORMALISMO ESTADOUNIDENSE
FORMALISMO JURÍDICO ESTADOUNIDENSE: FORMALISMO JURISPRUDENCIAL
Estados Unidos gira en torno a la tradición iusnaturalista basada en el Estado de Derecho, la división de poderes, la subordinación del juez a la ley y su expresión mas característica en el ámbito académico: el "case method"
El estudio de los casos se realizaba con el objeto de extraer los principios y doctrinas en ellos inmersos de manera imparcial y alejado de los hechos, funcionando como precedentes estrictos que se extraen y aplican a otros casos semejantes
ANTIFORMALISMO ESTADOUNIDENSE: DESDE HOLMES A LOS CRITICAL LEGAL ESTUDIES
Rescata la importancia de la separación conceptual entre derecho y moral, plantea los riesgos de una reflexión, "la forma y método de la lógica satisfacen ese ansia de certidumbre
busca con ello resaltar la necesidad de que los jueces, también efectúen reflexiones de orden social
El antiformalismo del juez Holmes no fue tan radical como el de sus herederos
" El realismo como su propia definición sugiere esta animado por un afan de anclar el estudio del fenómeno jurídico en realidades tangibles, empíricamente constatables y en este sentido, su atención se centrará en el análisis de hechos sociales antes que en el estudio de los elementos de carácter normativo que hasta entonces había sido considerados los componentes esenciales del concepto de derecho"
propugnan el abandono de todo concepto preconstituido de derecho y su sustitución por la posible adopción de una serie de puntos focales o perspectivas de observación.