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Interpretación jurídica - Coggle Diagram
Interpretación jurídica
Ambigüedades
Primera ambigüedad
Interpretación sensu stricto
Interpretación sensu largo
Interpretación sensu larguissimo
Segunda ambigüedad
Interpretación como actividad (producto):
Resultado de una actividad interpretativa de tipo noética
un significado; lo que se entiende o se ha entendido.
Resultado de una actividad de tipo dianoético o discursivo
el enunciado; interpretado, es el resultado de la interpretación o bien a todo argumento interpretativo
Interpretación como resultado (proceso)
Actividad Dianoética
se requiere un pensamiento discursivo, una argumentación
Actividad Noética:
se produce una captación del significado como pensamiento intuitivo.
Objeto de la interpretación jurídica:
La interpretación de ley hace referencia a la atribución de significado a un documento que expresan normas jurídicas.
La interpretación del derecho hace referencia a la operación de encontrar la regulación jurídica para un determinado comportamiento o conflicto.
Sujetos de la interpretación jurídica
La actividad interpretativa puede realizarse por sujetos muy diversos (jueces, abogados, dogmáticos, juristas, ciudadanos, etc.)
Su diferencia varía entre quien interpreta
Interpretación judicial
produce un enunciado normativo individual y concreto
su objetivo es determinares un resultado ocasional
orientada a los hechos, casos concretos regulado por la norma
se interpreta en concreto
Interpretación auténtica
aquella realizada por los órganos aplicadores del derecho
interpretación científica
identificar el contenido del significado
interpretación en abstracto
produce un enunciado sinónimo del que se interpreta
interpretación no autentica
aquella que no es realizada por un órgano aplicador del derecho.
¿Cómo se interpreta? Los cánones interpretativos
Elementos según Savigny:
Elemento lógico
Descomposición del pensamiento o relaciones lógicas que unen a sus diferentes partes.
elemento histórico
tiene por objeto el Estado del derecho existente sobre la materia, en la epoca en la que la ley ha sido dada.
Elemento gramatical:
: Las palabras que el legislador usa para comunicar su pensamiento
elemento sistemático
tiene por objeto el lazo íntimo que una de las instituciones y reglas de derecho en el seno de una vasta unidad.
Cánones interpretativos según Alexy
histórico
comparativo
sistemático
genérico
teológico
sistemático
Elementos según MacCormick
Argumentos "teleológicos y deontológicos
Argumentos deontológicos (argumentos en términos de principios de rectitud justicia, que deben ser observados en la perspectiva del intérprete con respecto al asunto en cuestión)
Argumentos teleológicos se refieren al fin o propósito de un fragmento de legislación sobre la presunción de que ha sido promulgado por un legislador racional en un contexto histórico
Argumentos interpretativos "llingüísticos
significado tecnico
significado ordinario
Argumento transcategórico
La intención ligada a los elementos del contexto sistémico de un texto jurídico
La intención ligada a los objetivos perseguidos o principios respaldados por el legislador
La intención ligada a elementos lingüísticos de semántica o sintaxis
Argumentos sistémicos
aquellos que se orientan hacia una comprensión aceptable de un texto jurídico visto como parte de un todo
Concepciones de la interpretación jurídica.
Concepciones de la interpretación según el papel de los argumentos interpretativos
Teorías Escépticas y Cognitivistas
las "teorías cognitivistas". consideran que la naturaleza de la actividad interpretativa es la de ser un acto de conocimiento: existen interpretaciones verdaderas, del mismo modo que existen interpretaciones falsas.
teorías literarias
teorías internacionalisticas
teorías escépticas" de la interpretación, donde la naturaleza de la actividad interpretativa es un acto de mera voluntad y no existen criterios de corrección que guían la elección entre distintas posibilidades interpretativas.
Teorías intermedias
Teoría de Hart. "Interpretar el derecho" es una vía intermedia entre "decir el derecho" (cognitivismo) y "crear el derecho" (escepticismo)
La actividad interpretativa es una actividad argumentativa que se inserta en el ámbito más amplio del razonamiento práctico general
La argumentación supone tanto un proceso como el producto de la actividad.
Una argumentación presupone siempre un problema, una cuestión cuya respuesta se basa en razones apropiadas al tipo de problema que se trata
Argumentar es una actividad racional en el doble sentido de que es una actividad orientada a un fin y en el que hay criterios para evaluar una argumentación
Argumentar es una acción relativa a un lenguaje
Guastini negaba la posibilidad de la teoria de Hart
Teoría constructivista o dependiente de valores" de la interpretación. implica llevar a cabo un proceso reconstructivo de los materiales jurídicos en el que se establezcan los valores y objetivos perseguidos por el derecho y se determine qué concreta interpretación los desarrolla en mayor medida.
Concepciones de la interpretación según el objeto y la ocasión
recostruccion, sistematizacion de instituciones
interpretación en concreto e interpretación del derecho
calificacion juridica de un caso concreto
interpretación en concreto e interpretación del derecho
solución a un problema jurídico
interpretación de ley e interpretación en abstracto
precisión de significado de disposiciones jurídicas
interpretación de ley e interpretación en abstracto
El Derecho como interpretación
interpretación de las prácticas sociales
El objetivo principal de la interpretación sería descubrir las intenciones del autor del "objeto" a interpretar. Averiguar las intenciones del hablante.
La interpretación creativa no es una "cuestión de intención" como una "cuestión de construcción
el fenómeno jurídico puede analizarse a partir del paso por tres etapas interpretativas:
Postinterpretativa: elige una de entre tantas teorías desarrolladas en la etapa anterior y que pugnan para ofrecer la mejor interpretación de los materiales jurídicos.
Interpretativa: se trata de averiguar cuál es el "sentido" de la práctica social. en el derecho este "sentido" viene configurado por los principios que permiten ver a la práctica qué sirve a valores y propósitos
Preinterpretativa: Identificar el objeto interpretado y calificarlo como perteneciente a un determinado género. En el Derecho se identifican las reglas positivas que conforman la práctica jurídica
la tarea interpretativa, la cual requiere dos tipos de juicios evaluativos
Juicio evaluativos primario: determinan qué es lo que se considera valioso en el género al que pertenezca el objeto que pretendemos interpretar
Juicio evaluativo secundario: determinan Cómo debe interpretarse el objeto en cuestión para que él mismo se considere como el mejor ejemplo posible al género del que pertenece.
Para Dworkin el derecho es un concepto interpretativo, una práctica social qué consiste en interpretar y por otra parte, el Derecho es resultado del proceso interpretativo de esa actividad interpretativa: la que determina realmente el contenido del derecho.