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U.D.1 Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat Valenciana :…
U.D.1 Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat Valenciana :
1.1.
Los centros de coordinación de emergencia
1.1.2. Funciones de los centros de coordinación
Movilizar, directa o indirectamente, los recursos humanos y materiales necesarios
Analizar los datos recibidos
Mantener las comunicaciones de forma permanente con los recursos actuantes
Efectuar una toma de datos precisa y protocolizada
Efectuar el seguimiento del incidente
Recibir las llamadas de solicitud de servicios o de información provenientes de los ciudadanos o de las instituciones.
Coordinar los recursos de los servicios actuantes, resolviendo los posibles problemas
Proporcionar la máxima información
Evaluar los incidentes para corregir los defectos detectados y proceder posteriormente a la mejora de los protocolos de actuación.
Realizar, de forma periódica, simulacros de incidentes
1.1.3. Organización en los centros de emergencias
Área de recepción y despacho de llamadas
Área de gestión de las emergencias
Funcionalidad
Se recaba la máxima información sobre el incidente
Se movilizan, directa o indirectamente, los servicios operativos precisos
Se efectúa de forma permanente un seguimiento, control y coordinación, hasta la finalización del incidente
1.1.1. Centros integrados
Fuerzas de Seguridad o de Policía
Servicios de Urgencia Sanitaria
Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento
Y todos aquellos servicios, que se consideren necesarios
Servicio de Protección Civil o Defensa Civil
1.2. Teléfono de emergencias 112
1.2.2. Marco legal
1.2.2.1. La normativa Europea. Decisión 91/396 de la C.E.
1.2.2.2. La plasmación del mandato europeo en el Estado Español. Las bases de los servicios 112 en España: R.D. 903/1997
1.2.2.3. La aportación de datos al 112: Orden 14-10-99 del Mº Fomento, y Ley 11/98 General de comunicaciones
1.2.3. Funcionamiento operativo
Funciones básicas
Recabar del ciudadano la información del incidente que se considera necesaria para la mejor actuación de los medios operativos de urgencia.
Dar aviso a los servicios de emergencia, organismos o empresas que deban actuar o estar informados de la ocurrencia del incidente.
Atender las llamadas de urgencia dirigidas al teléfono 112 en la comunidad autónoma, así como aquellas otras dirigidas a teléfonos de emergencia que se redireccionan a la sala de atención de llamadas del 112.
Principios que rigen la actuación del 112
Unificar la información
Rapidez y exhaustividad en la alerta a los servicios actuantes
Proporcionar un único número de teléfono de urgencia al ciudadano para la intervención en cualquier tipo de urgencia.
Liberar a los servicios de urgencia de la atención directa al ciudadano.
Competencia lingüística para atender las llamadas de ciudadanos en los idiomas más relevantes de la Unión Europea
Apoyo en la coordinación de los medios actuantes
1.2.1. ¿Qué es el 112?Teléfono Único de Emergencias en Europa
1.2.1.1. Ventajas del servicio del 112
Fácil de memorizar.
Funciona 24 horas al día y 365 días al año.
Atiende las llamadas en distintas lenguas.
Permite la localización inmediata del llamante.
Para toda la Unión Europea.
Permite activar a todas las agencias de manera simultánea.
En los móviles funciona con la cobertura de todas las Cias, incluso sin SIM.
Está diseñado para ir incorporando los avances de las nuevas
Es gratuito.
Es para todas las emergencias.
1.3. Sala de emergencias
1.3.3. Tipología de incidentes
Segundo Nivel: Tipo de suceso.
Tercer Nivel: Más detalle del suceso.
Primer Nivel: Gravedad del incidente
1.3.4. Actuación del servicio 112
1.3.4.1. Proceso de llamada entrante
1.3.4.2. Proceso de gestión de un incidente
1.3.2. Tipos de llamadas
Sobre incidentes en curso
De solicitud de información
Que informan sobre incidentes
Llamadas falsas
1.3.5. Emergencias complejas
Seguimiento de la evolución
Información a los medios de comunicación
Planificación previa y coordinación durante la emergencia
Multidisciplinar
1.3.1. Personal de la sala de emergencias
Personal administrativo
Personal operativo
Operadores de incidentes
Supervisor o supervisores de sala
Operadores de llamadas
1.3.6. Grandes emergencias
Para solucionar este problema:
Incremento de los operadores de Sala
Habilitar un número de teléfono de información a familiares
1.4. BIBLIOGRAFÍA
Orden del Ministerio de Fomento del 14 de Octubre de 1999 sobre condiciones de suministro de información relevante para la prestación del servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número 112. BOE: 252/1999, fecha: 21 de octubre de 1999.
Real Decreto 903/1997 de 16 de junio de 1997, del Ministerio de Educación y Cultura, por el que se regula el acceso, mediante redes de telecomunicaciones, al servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número telefónico 112. BOE: 153/1997, fecha: 27 de junio de 1997.
Ley 11/1998 de 24 de abril de 1998 General de Telecomunicaciones del Ministerio de Fomento. BOE: 99/1998, fecha: 25 de abril de 1998.
Diploma de Especialización Profesional Universitario en Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, Universidad de Valencia.
Decisión del Consejo de las Comunidades Europeas, de 29 de julio de 1991. Relativa a la creación del número de llamada de urgencia único europeo. (91/396/CEE). Diario Oficial nº L 217 de 06/08/1991. p.0031 – 0032.
Máster en Protección Civil y Gestión de Emergencias, Universidad de Valencia.