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LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN - Coggle Diagram
LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN
DE LAS MEDIDAS DE NIVELACIÓN, MEDIDAS DE INCLUSIÓN Y ACCIONES
AFIRMATIVAS
MEDIDAS DE INCLUSIÓN
Son aquellas disposiciones, de carácter preventivo o
correctivo, cuyo objeto es eliminar mecanismos de exclusión
El desarrollo de políticas contra la homofobia, xenofobia, la misoginia, la discriminación por apariencia o el adultocentrismo
Las acciones de sensibilización y capacitación dirigidas a integrantes del servicio público
La integración en el diseño, instrumentación y evaluación de las políticas públicas del derecho a la igualdad y no discriminación
El llevar a cabo campañas de difusión al interior de los poderes públicos federales
La educación para la igualdad y la diversidad dentro del sistema educativo nacional
ACCIONES AFIRMATIVAS
Son las medidas especiales, específicas y de carácter temporal, a favor de personas o grupos en situación de discriminación
las medidas para favorecer el acceso, permanencia y promoción de personas pertenecientes a grupos en situación de discriminación
Aplicables hacia personas pertenecientes a los
pueblos indígenas, afro descendientes, mujeres, niñas, niños y adolescentes.
MEDIDAS DE NIVELACIÓN
Son aquellas que buscan hacer efectivo el acceso de
todas las personas a la igualdad real de oportunidades
Uso de intérpretes de lengua de señas mexicana en los eventos públicos
Ajustes razonables en materia de accesibilidad física, de información y comunicaciones
Uso de intérpretes y traductores de lenguas indígenas
Condiciones de derechos y prestaciones
para los grupos en situación de discriminación o vulnerabilidad
Adaptación de los puestos de trabajo para personas con discapacidad
DEL CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN
El Consejo tiene como objeto
Llevar a cabo, las acciones conducentes para prevenir y eliminar la discriminación
Contribuir al desarrollo cultural, social y democrático del país
Coordinar las acciones de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal, en materia de prevención y eliminación de la discriminación
Elaborar instrumentos de acción pública que contribuyan a incorporar la perspectiva de no discriminación
. Promover que en el Presupuesto de Egresos de la Federación se destinen los recursos necesarios
DISCRIMINACIÓN
Se entenderá por discriminación toda distinción,
exclusión, restricción o preferencia
Por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea
objetiva, racional ni proporcional
Tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir,
menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades
Motivos
La situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales la identidad o filiación política
La condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas
El origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades
El estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo
Tambien se entendera por discriminación
La homofobia, misoginia, cualquier manifestación de
xenofobia, segregación racial, antisemitismo
La discriminación racial y otras formas
conexas de intolerancia
AÑO
A partir del 11 de junio de 2003, cuando se promulgó la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
OBJETO
Promover la igualdad de oportunidades y de trato
Prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona
ORIGEN
La Comisión Ciudadana de Estudios contra la Discriminación integrada por 160 comisionados, quienes elaboraron un diagnóstico en esta materia, así como un anteproyecto de ley
Se remonta al movimiento antidiscriminatorio y a favor de la igualdad que se formó en 2001