CÓDIGO DE ÉTICA Y DEONTOLOGÍA MÉDICA / DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS Justicia y equidad, Autonomía, Beneficencia, No maleficencia

DEBERES DEL MÉDICO

PRINCIPIOS

DE LA RELACIÓN MÉDICO – PACIENTE

DE LAS RELACIONES DEL MEDICO CON LA SOCIEDAD

Art. 3º Ejercicio de la medicina

Art. 4º Principios del ejercicio médico

Art. 2º Ámbito de aplicación

Art. 5º Proyección de la conducta del médico

Art. 1º Definición

Art. 6º (Conducta personal del médico)

El Código de Ética y Deontología Médica es el conjunto de normas que ayudan al médico.

Los principios, deberes y ordenamiento que im pone este código.

Implica responsabilidad profesional y compromiso moral

Respeto a la vida, la persona, la familia y a la colectividad, reconocimiento de las propias capacidades y limitaciones, Aceptar de responsabilidades por el acto médico.

El paciente y su familia, la colectividad, sus colegas, el personal de salud, la Institución donde ejerce, el Colegio Médico.

El médico debe observar una conducta personal honorable,
decorosa, considerada y respetuosa.

Art. 7º Obligaciones normativas y éticas para el ejercicio Médico

Art. 8º Prelación de normativas

El médico debe mira la normativa del Colegio Médico de Bolivia, su Código de Ética y Deontología,

CONFEMEL

Art. 16º Observancia legal

Art.17º Uso adecuado de exámenes y procedimientos médicos

Art. 15º Atención médica de calidad

Art. 18º Observancia de la Praxis Medica y su implicancia legal

Art. 14º Elección del médico

Art. 19º Observancia de las normas y protocolos médicos

Art. 13º Respeto al pudor

Art. 20º Información al paciente

Art. 12º Obligaciones en el acto médico

Art. 21º En situaciones de riesgo o mutilación

Art. 11º Formas de relación

Art. 22º Acto médico en casos especiales

Art. 10º Emergencia médica

Art. 23º Acto médico en casos de emergencia

Art. 9º Actuación del médico

Art. 24º De la Competencia del médico en casos de emergencia

Art. 25º El acto médico en menores de edad

Da atención profesional a toda persona que la necesite.

En emergencia, ningún médico puede negar su atención.

Por decisión - acción - solicitud - compromiso.

Obligado a otorgar al enfermo consideración humana.

El médico debe respetar pudor del paciente

La elección del médico es un derecho del paciente

El tiene que médico ofrecer al enfermo la mejor atención.

Se regirá estrictamente bajo las normas establecidas

Deben tener el justificativo científico necesario.

El médico es responsables causa por negligencia, imprudencia, impericia, ignorancia o abandono

El médico debe utilizar recursos diagnósticos y terapéuticos suficientemente probados y autorizados por normas y protocolos vigentes

El paciente tiene que saber tudo que vá se hecho con el.

El médico debe contar con el consentimiento informado

En situaciones de urgencia y ausencia de responsables, debe contar, en lo posible , con la opinión autorizada

El médico quedará facultado para realizar el tratamiento, sin necesidad de autorización alguna.

El médico debe prestar auxilio inmediato al enfermo en peligro

No se realizará acto médico alguno

EL MÉDICO EN EL INICIO Y FIN DE LA VIDA HUMANA

EN LA REPRODUCCIÓN HUMANA

EN LAS ETAPAS FINALES DE LA VIDA

EN EL INICIO DE LA VIDA

Art. 27º Aspectos legales y competencia profesional

Art. 28º Derechos del médico en relación al aborto

Art. 26º Respeto a la vida

Art. 32º Actuación del médico frente al embrión enfermo

Art. 33º Actuación del médico en relación al embrión y genoma humano

Art. 31º Actos vedados al médico en la reproducción humana

Art. 34º Información en la reproducción hu mana

Art. 30º Limitaciones en la subrogación del embarazo

Art. 35º Acto médico en la esterilización humana

Art. 29º Actuación y limitaciones del médico en la reproducción humana asistida

Art. 36º Acto médico en la reproducción humana asistida

El Médico debe respeto a la vida desde su inicio

El aborto será practicado por un médico especialista con C.I

Podrá excusarse permitiendo la continuidad de la atención mediante otro médico calificado

El embrión humano no puede ser sujeto de experimentación

No está permitido al médico contratar por dinero el útero de una mujer

No está permitido al médico la aplicación de procedimientos dirigidos al eugenesia.

tiene que se el mismos preceptos éticos que los demás pacientes

El médico sola puede efectuar una intervención al geno para preventivos o diagnósticos.

El médico debe dar información bien sus pacientes

sólo procede a solicitud expresa, voluntaria

solo despues de agotar todos los tratamientos disponibles contra la esterilidad.

Art. 39º En caso de enfermos graves

Art. 40º En caso de enfermos terminales

Art. 38º Atención médica en pacientes con mal pronóstico

Art. 41º En la muerte encefálica

Art. 37º Atención médica en pacientes crónicos o incurables

Art. 42º Eutanasia

No es motivo para que el médico prive de su asistencia a un enfermo,

aliviar o curar la enfermedad

comunicar a los familiares

apoyo moral al enfermo

El médico tiene la obligación de informar de esa condición clínica al entorno familiar.

Es contraria a la ética médica

Art. 45º Protección a la sociedad

Art. 46º Ejercicio ilegal de la medicina o de una especialidad

Art. 44º El médico frente al derecho a la salud

Art. 47º Falsedad ideológica en la certificación medica

Art. 43º Progreso de la medicina

Art. 48º Actuación del médico en casos de catástrofe

Ningún médico debe negar su concurso profesional en caso de siniestro o catástrofe

El médico regirse en todos sus actos a la más estricta corrección

El medico tiene que denuncia

el medico es obligado a denunciar el ejercicio ilegal

Es deber del médico velar por el derecho a la salud

El medico es obligado a contribuir

DEL ACTO MÉDICO EN LA ASISTENCIA
MÉDICA DE LOS DETENIDOS Y CASOS DE TORTURA

Art. 50º Conducta del médico en cárceles o lugares de tortura

Art. 51º Identificación del médico ante las personas detenidas

Art. 49º En casos de tortura

Art. 52º Denuncia de casos de tortura

Ocultar la evidencia de torturas

Es contrario a la ética médica

tiene la obligación de identificarse ante ella

Debe comunicar al Colegio Médico

DEBERES DE LOS MÉDICOS ENTRE SÍ

Art. 58º Cese de la atención

Art. 59º Distribución de honorarios

Art. 57º Interrelación profesional de los médicos entre sí

Art. 60º Comisiones o participación económica

Art. 56º Respeto y consideración al médico tratante

Art. 61º Ingresos económicos ilegales

Art. 55º Frente a la actuación profesional de otro médico

Art. 62º El médico forense en la atención de pacientes

Art. 54º Conducta del médico en su relación Profesional

Art. 63º Solidaridad y normas legales

Art. 53º Principios éticos entre médicos

Art. 64º Incompatibilidad

Deontológicos y de
solidaridad entre colegas

es falta a la ética, cualquier acto, difamar, injuriar o calumniar a un colega.

el médico hablar de formar negativo sobre la actuación profesional de otros médicos. es falta de ética.

solo cuando el interés del paciente o la emergencia

Compartir, Atender, Brindar..

Médico tratante queda en libertad de cesar sus cuidados

solo está permitida entre todos los médicos

Está prohibido

comete falta si acepta dinero

Solamente en interés del paciente

no imponen el encubrimiento de faltas legales o errores

es falta ética incurrir en incompatibilidad laboral

DEL SECRETO PROFESIONAL MÉDICO

Art. 70º Secreto Médico en el tiempo

Art. 71º Excepciones del secreto médico

Art. 69º El secreto médico

Art. 72º Secreto médico en el tratamiento conjunto

Art. 73º Alcance del secreto médico

DE LAS RELACIONES DE LOS MÉDICOS EN EL EJERCICIO PROFESIONAL INSTITUCIONAL

Art. 66º Observancia ética de los médicos en función jerárquica

Art. 67º Uso indebido de cargos médicos

Art. 65º Conducta del médico en relación al trabajo institucional

Art. 68º Trabajo institucional e incompatibilidades laborales médicas

Falta a la ética, el médico que intencionalmente desplaza a otro colega

No anteponer los intereses de la empresa

utiliza su autoridad en beneficio personal, familiar

Quien acepta cargos o funciones sin cumplir normativa
del Colegio Médico

El secreto profesional incluye el nombre del paciente y la institución

debe mantenerse por todos los médicos

Mandato de la ley,Autorización expresa del paciente

La obligación de respetar el secreto médico

prohíbe divulgar informaciones de salud

DE LAS RELACIONES DEL MÉDICO CON PROFESIONALES AFINES

DE LAS RELACIONES CON LAS INSTITUCIONES

Art. 76º Actos de desprestigio Institucional o individual

Art. 77º Los médicos ajenos a las Instituciones

Art. 75º Actos punibles en el trabajo institucional

Art. 78º Reincorporación de médicos jubilados

Art. 74º Honorarios médicos en las instituciones

Art. 80º Colaboración con profesionales afines

Art. 81º Ejercicio ilegal de profesionales afines

Art. 79º Respeto y relaciones con los profesionales afines

Art. 82º Colaboración académico – científica

El médico está obligado a denunciar el ejercicio ilegal

atañen al personal auxiliar en medicina

no puede asignarles funciones que son de su exclusiva
competencia

El médico debe respeto a los derechos de los profesionales de disciplinas afines

El médico no puede recibir otras remuneraciones de los pacientes institucionales

inducir al paciente a abandonar una institución para despues va una privada

El médico que capte pacientes comete faltar de ética

no puede examinar, ni tratar enfermos

falta ética, solicitar o aceptar reincorporación de médicos jubilados al ejercicio activo en perjuicio de otros médicos.