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La prueba documental - Coggle Diagram
La prueba documental
Documental publica
Expedidos por instituciones publicas
Valor pleno
Se destruye con objeción de documentos
No requieren legalización
Documental privada
Cual quiera que no emita una institución publica
Puede exigirse su reconocimiento expreso
Se presentan en original
Requieren ser imputables a una persona
el que lo extiende o lo manda a extender, el que lo firma
Son indubitables
los que las partes reconozcan
cuya letra o firma sea reconocida en juicio
cuya letra o firma sea declarada propia judicialmente
firmas puestas en actuaciones judiciales
Impugnación y objeción de documentos
solo cuando
alcance valor probatorio
Dentro de tres días posteriores al auto admisorio de pruebas
Se tramita a través de un incidente
Reglas
Se debe indicar el motivo y la prueba a objetar
Señalar documentos indubitables para el cotejo
promover pericial
Correr traslado,
tres dias para manifestarse
resuelve en audiencia incidental
compete solo al juez