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“Resolución 472 del 28 de febrero de 2017". Por la cual se reglamenta…
“Resolución 472 del 28 de febrero de 2017". Por la cual se reglamenta la gestión integral de los residuos generados en las actividades de construcción y demolición (RCD)
CAPÍTULO I. Aplicación y definiciones
El presente establece las disposiciones para la gestión integral de los residuos aplica para todas las personas naturales y jurídicas que generen, recolectan, transportan,almacenan, aprovechen y dispongan RCD, de las obras u otras actividades conexas
Los residuos peligrosos resultantes de las actividades de construcción se regirán por la normatividad ambiental especial establecida para su gestión.
DEFINICIONES
Almacenamiento , aprovechamiento, demolición, generador (grande y pequeño),gestión integral, gestor RCD, reciclaje, reutilización, sitio de disposición final de RCD.
CAPÍTULO II gestión integral de RCD
Jerarquía
: en la gestión integral de los RCD se prioriza las actividades de prevención o reducción de la generación de RCD
ACTIVIDADES DE LA GESTIÓN INTEGRAL DE (RCD)
ARTÍCULO 4
Prevención, y reducción,
recolección y transporte
almacenamiento
aprovechamiento
disposición final
CAPÍTULO III programa de manejo ambiental.
ARTÍCULO 14.Contenido del programa de manejo ambiental de (RCD). deberá contener como mínimo la información establecida en el anexo I de la presente resolución.
ARTÍCULO 13.El gran generador deberá, formular, implementar y mantener actualizado el programa (MA de RCD), y ser presentado ante la autoridad ambiental.con una antelación de 30 días calendario al inicio de las obras para su respectivo seguimiento y control, Así mismo el reporte de su implementación consus respectivos soportes deberá ser remitido a la autoridad ambiental competente dentro de los 45 días calendario siguientes a la terminación de la obra.
CAPÍTULO IV obligaciones
ARTÍCULO 15. Son obligaciones de los generadores de RCD)
Formular, implementar y mantener actualizado el (PMA) de RCD.
Cumplir con la meta de grandes generadores, establecida en el artículo 19 de la resolución.
Los pequeños generadores deben entregar los RCD a un gestor de RCD para que se realicen las actividades de recolección y transporte hasta los puntos limpios, sitios de aprovechamiento o disposición final según sea el caso.
ARTÍCULO 16. obligaciones de los gestores de RCD.
Inscribirse ante la autoridad ambiental regional o urbana con competencia el área donde se desarrolla sus actividades.
Contar con equipos requeridos, de acuerdo a las actividades de manejo de los RCD que oferte.
Expedir constancia al generador que incluya la información contenida en el formato del anexo II, que forma parte integral de la presente resolución. (ENTRE OTRAS OBLIGACIONES.)
ARTÍCULO 17.obligaciones de los municipios y distritos.
Ajustar el programa de gestión de RCD del plan de gestión integral de residuos sólidos- PGIRS municipal o regional, teniendo en cuenta lo dispuesto en la presente resolución.
Promover campañas de educación, cultura, y sensibilización sobre la gestión integral de RCD.
ARTÍCULO 18. obligaciones de la autoridad ambiental competente.
Implementar el mecanismo para realizar la inscripción de los gestores de RCD el cual deberá ser publico y de facil acceso a todas las personas.
Efectuar el seguimiento y control a las actividades realizadas por los generadores y gestores de RCD.
Tener a disposición del público a través de su página web un listado de los gestores inscritos en su jurisdicción.
ARTÍCULO 19. metas de aprovechamiento de RCD.
Los grandes generadoras deberán utilizar RCD aprovechables en un porcentaje no inferior al 2% en peso del total de los materiales usados en la obra.
CAPÍTULO V,Disposiciones finales
ARTÍCULO 20 Prohibiciones
El abandono de residuos de construccion y demolicion en el territorio nacional.
Disponer residuos de construcción y demolición en espacio público o en los rellenos sanitarios.
Recibir en los sitios de disposición final de RCD, residuos sólidos ordinarios o residuos peligrosos mezclados con RCD.
El almacenamiento temporal o permanente de RCD en zonas verdes, áreas arborizadas, reservas forestales, áreas de recreación y parques, ríos, quebradas, playas, canales, caños, páramos, humedales, manglares y zonas ribereñas.