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REGIMEN FISCAL DE LAS PERSONAS MORALES, BIBLIOGRAFÍA, ACTIVIDAD 1.3,…
REGIMEN FISCAL DE LAS PERSONAS
MORALES
1.3 Fusión y escisión de sociedades.
Lunes - Miércoles 13:00-15:00 hrs.
BIBLIOGRAFÍA
Prontuario Fiscal, Ley de Impuesto Sobre la Renta, Titulo II; DE LAS PERSONAS MORALES, CAPÍTULO V: DE LAS PÉRDIDAS, Cengage Learning Editores, S.A., Ciudad de México, 57a. Edición, 2020
LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES, CAPITULO IX, De la fusión, transformación, y escisión de las sociedades, 2020,
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/144_140618.pdf
Diego Coto, ¿Qué es la fusión de sociedades mercantiles?, 16/Julio/2019,
https://www.elcontribuyente.mx/2019/07/que-es-la-fusion-de-sociedades-mercantiles/
ACTIVIDAD 1.3
FUSIÓN DE SOCIEDADES
¿QUÉ ES?
La fusión de sociedades mercantiles es una figura legal con la que varias personas jurídicas pasan a formar una sola.
FUSIONANTE DISMINUYE LA PÉRDIDA FISCAL CONTRA LA UTILIDAD FISCAL DE LOS MISMOS GIROS
La sociedad fusionante sólo podrá disminuir la pérdida fiscal pendiente de disminuir l momento de la fusión, con cargo a la utilidad fiscal correspondiente a la explotación de los mismos giros en los que se produjo la pérdida.
DISMINUCIÓN DE LAS PÉRDIDAS EN CASO DE CAMBIO DE SOCIOS O ACCIONISTAS CON EL CONTROL DE LA SOCIEDAD
Cuando los accionistas o socios cambien de una sociedad con pérdida fiscal de ejercicios anteriores pendientes de disminuir y los ingresos de los últimos tres ejercicios sea menor al monto actualizado de la perdida al termino del ejercicio, esta sociedad sólo podrá disminuir las pérdidas contra las utilidades fiscales correspondientes a los giros en que se produjeron las pérdidas.
CUÁNDO SE CONSIDERA QUE EXISTE CAMBIO DE SOCIOS O ACCIONISTAS QUE POSEEN EL CONTROL DE LA SOCIEDAD
Se considera que existe cambio de socio o accionistas que posean el control de una sociedad, cuando cambian los tenedores, directa o indirectamente, de más del cincuenta por ciento de las acciones o partes sociales con derecho de voto de la sociedad de que se trate, en actos realizados durante tres años. Para efectos de este párrafo no se tomara en cuenta las acciones colocadas entre el publico inversionista.
REGISTRO CONTABLE: GASTOS NO IDENTIFICADOS
Se deberá llevar un registro contable en donde se identifiquen las pérdidas fiscales en cada giro y poder controlarlas, así como a los nuevos giros que incorpore el negocio. En el caso de os gastos no identificables, estos deberán aplicarse en parte proporcional que representen en función de los ingresos obtenidos propios de la actividad.
PÉRDIDAS POR FUSIÓN O LIQUIDACIÓN
No se disminuirá la pérdida fiscal o la parte de ella, que provenga de fusión o de liquidación de sociedades en las que el contribuyente sea socio o accionista.
ESCISIÓN DE SOCIEDADES
¿EN QUÉ CONSISTE?
Se da la escisión cuando una sociedad denominada escindente decide extinguirse y divide la totalidad o parte de su activo, pasivo y capital social en dos o más partes, que son aportadas en bloque a otras sociedades de nueva creación denominadas escindidas; o cuando la escindente, sin extinguirse, aporta en bloque parte de su activo, pasivo y capital social a otra u otras sociedades de nueva creación. ART. 228 BIS. LGSM.
¿POR QUÉ SE GENERA LA ESCISIÓN?
Normalmente esto se hace para diversificar costos, separar gastos, por obligaciones tributarias o cuando una parte del negocio ha crecido mucho y es mejor que se independice.
TRATAMIENTO EN ESCISIÓN
La pérdida fiscal pendiente de disminuirse de utilidades fiscales, se deberá dividir entre sociedades escindente y las escindidas, en la proporción en que se divida la suma del valor total de los inventarios y de las cuentas por cobrar relacionadas con las actividades comerciales de la escindente cuando esta realizaba preponderantemente dichas actividades o de los activos fijos cuando su actividades preponderante sea otra (se deben excluir las inversiones de bienes inmuebles que no afecten la actividad preponderante).
Melendez Loera Fernanda Lizette