Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
DECRETO LEGISLATIVO N-° 1438 - Coggle Diagram
DECRETO LEGISLATIVO N-° 1438
Art.1
"Objetivo"
El D.L. tiene como objetivo regular el Sistema Nacional de Contabilidad en ele Sector Publico.
Art.9
"Faltas"
Son faltas administrativas de toda acción u omisión en que incurran los directivos.
Faltas Graves:
2.- la presentación de la rendición de cuentas inconsistente o incompleta.
3.- la ausencia o no conservación de documentación física o electrónica que sustenta las transacciones por tiempos no menor a 10 años.
1.- la omisión a la presentación de la rendición de cuentas
4.- efectuar el registro contable de los hechos económicos sin considerar las disposiciones y procedimientos normativos.
Faltas muy Graves
2.- Presentar para el registro contable documento falsos o adulterados, tratando de probar un derecho, obligación o hechos.
3.- Deterioro o destruir intencionalmente documentos físicos o electrónicos, que sustentan hechos económicos.
1.- Disponer que se realice el registro contable de hechos económicos.sin contar con el sustento documentarlo.
Art.3
"Ámbito de Aplicación"
1.- Sector Publico no Financiero.
a.- Entidades Publicas.
Están los Poderes legislativo,Ejecutivo,Judicial. el jurado nacional de Elecciones,ONPE. Están también Universidades Publicas, Gobiernos regionales y locales.
b.- Entidades Publicas no Financieras.
Las empresas publicas no financieras del Gobierno Nacional de los Gobiernos locales fuera de actividades vinculadas con FONAFE.
2.- Sector Publico Financiero.
las empresas que pertenecen son el Banco Central de Reserva del Perú. empresas publicas financieras del gobierno nacional y gobiernos locales que no pertenezcan al FONAFE.
Art.6
"Consejo Normativo de Contabilidad"
Cuales son sus funciones.
Estudiar, analizar y opinar sobre las propuestas normativas en la contabilidad de actividad publica o privada.
Emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades.
Interpretar las normas contables del sector privado.
Art.2
"Principios"
1.-Integridad
2.-Oportunidad.
3.- Responsabilidad.
4.- Transparencia.
5.- Uniformidad.
Art.14
"Registro Contable"
el registro contable es el acto que consiste en reconocer, medir y registrar los hechos de una transacción de acuerdo a la naturaleza.
el registro contable de las entidades de sector publico, según corresponda se efectúa en el sistema integrado de administración financiera, públicos SIAF.
Art.22
"Fases"
Difusión.
Aprobación.
Examen y dictamen.
Presentación.
Informe de auditoría.
Elaboración de la Cuenta General de la República.
Análisis y procesamiento de la información.
Presentación de la rendición de cuentas.