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DESPACHO DE MERCANCIAS, FUENTE
Ley Aduanera 2020 - Coggle Diagram
DESPACHO DE MERCANCIAS
Se entiende por despacho aduanero al conjunto de actos y
formalidades relativos a la entrada y salida de mercancías al territorio nacional
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A quienes introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional destinándolas a un
régimen aduanero
Están obligados a transmitir a las autoridades aduaneras, a través del sistema
electrónico aduanero, en documento electrónico, un pedimento
Con información referente a las citadas
mercancías, en los términos y condiciones que establezca el Servicio de Administración Tributaria
Los trámites relacionados con el despacho de las mercancías se promoverán por los
importadores o exportadores.
Las personas morales que promuevan el despacho de las mercancías sin la intervención de agente
aduanal o agencia aduanal.
Tendrán la obligación de realizar el despacho aduanero a través de su
representante legal, mismo que deberán acreditar ante el Servicio de Administración Tributaria,
Dicho representante, cuando menos,
deberá reunir los siguientes requisitos:
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Los agentes aduanales y las agencias aduanales serán representantes legales de los
importadores y exportadores, en los siguientes casos:
Tratándose de las actuaciones que deriven del despacho aduanero de las mercancías,
siempre que se celebren dentro del recinto fiscal.
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Tratándose de las actuaciones y notificaciones que deriven de la inspección o verificación de
las mercancías, durante su permanencia en el recinto fiscal por virtud de su despacho.
El despacho de mercancías gestiona operaciones que se efectúan ante la Aduana en relación con las importaciones y exportaciones
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