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2.2. RÉGIMEN OBLIGATORIO ANTE EL IMSS, descarga, descarga (1),…
2.2. RÉGIMEN OBLIGATORIO ANTE EL IMSS
2.2.7. Régimen Financiero
aportaciones de patrones y sujetos obligados
capitales constitutivos de la renta
gastos administrativos
seguro de riesgo
aportaciones de patrones, trabajadores y demás sujetos
especie
seguro de enfermedad y maternidad
seguro de invalidez y vida
prestaciones de dinero
2.2.4. Beneficiarios
los ascendientes
el cónyuge
descendientes
la concubina o el
concubinario
2.2.3. Requisitos a cubrir por los Sujetos de Incorporación
Las cuotas a cargo de los asegurados y demás sujetos obligados
La contribución a cargo del Gobierno Federal
Las prestaciones que se otorgarán
Los procedimientos de inscripción y los de cobro de las cuotas
La vigencia
Las demás modalidades que se requieran
La fecha de inicio de la prestación de los servicios y los sujetos de aseguramiento
2.2.1. Afiliación Forzosa
Los socios de sociedades cooperativas
Las personas que determine el Ejecutivo Federal
a través del Decreto respectivo
Las personas trabajadoras del hogar.
Personas que de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo
Presten un un servicio remunerado, personal y subordinado
2.2.6. Conservación de Derechos
Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio, conservarán los derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de invalidez y vida por un período igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales
conservación de derechos no será menor de doce meses
2.2.2. Sujetos de Incorporación
Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios
Los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio
Los trabajadores en industrias familiares y los independientes
Los trabajadores al servicio de las administraciones públicas
entidades
federativas
municipios
Federación
2.2.5. Prestaciones en Especie y Económicas
especie
Aparatos de prótesis y ortopedia
Rehabilitación.
Servicio de hospitalización
Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica
económicas
asegurado que sufra riesgo de trabajo
incapacidad permanente
pensión mensual
incapacidad permanente parcial
pensión mensual
mientras dure su inhabilitación el cien por ciento del salario que estuviere cotizando
incapacidad permanente total o parcial
el instituto otorgara un aguinaldo