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OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES Y FACULTADES DE LAS AUTORIDADES -…
OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES Y FACULTADES DE LAS AUTORIDADES
Obligaciones de los contribuyentes
Inscribirse en los registros fiscales y Tratándose del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, inscribir el vehículo en el padrón
vehicular de la entidad
Tramitar la baja del vehículo del padrón vehicular de la entidad, en caso de siniestro que derive en pérdida total del vehículo, robo, deje de ser el propietario, tenedor o usuario
Realizar el trámite de cambio de propietario del vehículo
Señalar el domicilio fiscal en el que realicen actividades que generen obligaciones fiscales que será único para aquellos contribuyentes que cuenten con una o más sucursales e informar de los cambios a éste.
Consignar en las declaraciones, manifestaciones y avisos previstos en este Código, la clavede registro asignada por la autoridad fiscal
Obligaciones de los contribuyentes
Declarar y en su caso, pagar los créditos fiscales en los términos que disponga este Código
Firmar las declaraciones, manifestaciones y avisos previstos por este Código, bajo protesta de decir verdad
Proporcionar en su domicilio fiscal o en las oficinas de la autoridad fiscal, dentro del plazo fijado para ello, los datos, informes y demás documentación relacionada con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales
Llevar un registro en que se identifique el cumplimiento de cada una de sus obligaciones
fiscales
Dictaminar la determinación de la base del Impuesto Predial conforme a las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones publicadas en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" del Estado de México
Dictaminar la determinación y pago del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal por medio de Contador Público autorizado, en los términos de este Código y de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto expidan las autoridades fiscales
Entregar constancias de retención, en caso de estar obligado conforme a las disposiciones de este Código.
Facultades de las autoridades
Las autoridades fiscales, para determinar la existencia de créditos fiscales, dar las bases de su liquidación o cerciorarse del cumplimiento a las disposiciones de este Código, estarán facultadas para
Realizar la verificación física, clasificación o valuación de bienes relacionados con lasobligaciones fiscales estable cidas por este Código.
Requerir a los sujetos directamente obligados, responsables solidarios o terceros, para que exhiban en su domicilio fiscal o en las oficinas de las propias autoridades fiscales los documentos que se estimen necesarios para comprobar el cumplimiento de las disposiciones señaladas en este Código
Solicitar a los servidores públicos y fedatarios, la información fiscal derivada del ejercicio de sus funciones.
Reunir las pruebas necesarias para formular ante el Ministerio Público la querella por el
delito de defraudación fiscal
Brindar a los contribuyentes orientación, asistencia y asesoría gratuitas para el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Imponer multas a los contribuyentes, solidarios responsables o terceros con ellos
relacionados, por infracciones a las disposiciones de este Código
Facultades de las Autoridades
Revisar las manifestaciones y avalúos de inmuebles que presenten los contribuyentes y en caso de encontrar errores de carácter aritmético, de clasificación, de aplicación de valores, de superficie de terreno o de construcción, o del número de niveles, determinar las diferencias que procedan
Verificar el número de personas que ingresan a los espectáculos públicos, así como el
monto de los ingresos que se perciban y la forma en que se manejan los boletos
Verificar los ingresos que se perciban en la celebración de loterías, rifas, sorteos,
concursos y juegos permitidos con cruce de apuestas.
Verificar la lectura del aparato medidor del servicio de agua.
Determinar presuntivamente las contribuciones omitidas