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Artículo 32 Obligaciones de los contribuyentes - Coggle Diagram
Artículo 32 Obligaciones
de los contribuyentes
I. Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento
II. Los comisionistas realizarán la separación de su contabilidad de las de otros registros
IV. Presentación de una sola declaración de pago, cuando se tuvieran varios establecimientos
No es aplicable a los casos señalados en los artículos 28 y 33 de esta Ley
Se deberá conservar en cada establecimiento, copia de las declaraciones de pago
III. Expedir y entregar comprobantes fiscales
V. Expedición de los comprobantes fiscales por las retenciones
Opción de no proporcionar el comprobante fiscal
Siempre que la persona física que preste los servicios profesionales o haya otorgado el uso o goce temporal de bienes, les expida un comprobante fiscal que cumpla con los requisitos
VI. Presentarán aviso las personas que efectúen la retención de manera regular
Presentarán aviso de ello ante las autoridades fiscales dentro de los 30 días siguientes a la primera retención efectuada
VII. Proporcionar información en las declaraciones
VIII. Proporcionar mensualmente la información a través de medios y formatos electrónicos
Podrán quedar liberados de algunas obligaciones los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería o pesca
Los copropietarios designarán a un representante común, previo aviso, para cumplir con sus obligaciones
El representante legal de la sucesión deberá pagar el impuesto
Las asociaciones o sociedades civiles serán las que cumplan las obligaciones de sus asociados o socios