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La relación jurídica tributaria - Coggle Diagram
La relación jurídica tributaria
Es el vínculo jurídico entre el Estado, que es acreedor Tributario, o una entidad pública
que en virtud de una ley posee este derecho, y el sujeto pasivo que puede ser el contribuyente (generador de esos supuestos legales) o los responsables solidarios (aquellos que sin tener la condición de contribuyentes, deben cumplir la obligación atribuida a éste)
Sujeto activo
Es la entidad pública
Deudor tributario
El sujeto pasivo en general, quien tiene la carga tributaria, es quien debe proporcionar al fisco la prestación pecuniaria
Contribuyente
Es quien merece propiamente el nombre de Destinatario legal tributario, porque es en base a su capacidad contributiva que el legislador debe crear el tributo.
Principios
Principio de obligatioriedad
Plasmado en la fracción IV del artículo 31, lSon obligaciones de los mexicanos:
Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
Principio de equidad
Esta estipulado que: "los impuestos sean justos y acordes con cada persona sujeta de dichas contribuciones"
Principio de proporcionalidad
se debe contribuir al sostenimiento del gobierno, en proporción, cada uno, con la mayor exactitud posible a sus propias facultades.
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Principio de legalidad
Dado que está plasmado en el articulo 31 de la constitución política de los estados unidos mexicanos en su fracción IV.
Principio de vinculación con el gasto público
Las contribuciones tienen el objetivo de solventar los servicios públicos que el mismo estado presta, de esto se desprende que dichos servicios recibidos por los gobernados deben equivaler a los ingresos tributarios pagados por ellos.