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LA EXCEPCIÓN - Coggle Diagram
LA EXCEPCIÓN
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REGLAS DE LA EXCEPCIÓN
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Art. 48- El demandado podrá denunciar al juezos requisitos procesales necesarios para que el juicio tenga existencia jurídica y validez
formal
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Art. 53- - No se desecharán las excepciones y defensas contradictorias, pero si se se puede sancionar el uso abusivo en la sentencia definitiva
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La excepción es el derecho que tienen las personas a defenderse en juicio cuando otra los demanda, por ello le corresponde al demandado.