Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL - Coggle Diagram
REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL
ART, 111
Los contribuyentes personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización titulo profesional podrán optar por pagar el isr siempre y cuando su ingreso no exceda los 2 millones de pesos.
No podrán pagar el impuesto en los términos de esta sección : Los socios, accionistas o integrantes de personas morales
a) Los socios y accionistas o integrantes de las peronas morales previstas en el titulo III de esta ley
b) Las personas físicas que se refiere en el art. 79º , aun cuando el total de sus ingresos obtenidos no excedan de dos millones de pesos
c) los socios de asociaciones deportivas que tributen en términos del Titulo II, siempre y cuando que no perciban ingresos de personas morales a las que pertenezca
Los contribuyentes a que se refiere el art. calcularan y entenderán el impuesto en forma bimestral, el cual tendrá de carácter obligatorio de pago definitivo, a mas tarda el 17 de marzo
ART.112
Obligaciones
Solicitar su inscripcion en Registro Federal de Contribuyentes
Conservar comprobantes que reunan requisitos fiscales
Entregar a sus clientes comprobantes fiscales
Efectuar el pago de las erogaciones relativas a sus compras e inversiones mayor a $5,000.00
Presentar, a mas tardar el 17 del mes inmediato posterior de aquel que corresponda el pago
Los pagos bimestrales serán de carácter definitivo
Pagar el impuesto sobre la renta
ART.113
Estan obligados al pago del impuesto establecido en esta sección
Personas fisicas con actividades empresariales que enjaene bienes o presten servicios
Se pagara mediante retencion que efectuara las personas morales
Las personas fiscas podran optar por considerar como pagos definitivos las retenciones que les efectuen