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Regímenes aduaneros y sus características basado en el Título IV de la Ley…
Regímenes aduaneros y sus características basado en el Título IV de la Ley Aduanera
QUÉ SON LOS RÉGIMENES ADUANEROS
Los regímenes aduaneros son un conjunto de operaciones orientadas a dar un destino aduanero específico a una mercancía, en base a la declaración que el interesado presente. Los regímenes aduaneros que operamos para los tráficos de importación y exportación
Definitivos .I.De importación.II.De exportación.
ARTICULO 95.Los regímenes definitivos se sujetarán al pago de los impuestos al comercio exterior y, en su caso, cuotas compensatorias, así como al cumplimiento de las demás obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias.
Temporales
.I.De importación.a)Para retornar al extranjero en el mismo estado.b)Para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación. II.De exportación.a)Para retornar al país en el mismo estado.b)Para elaboración, transformación o reparación.
Importación temporal de mercancías para regresar al extranjero en el mismo estado en el que fueron importadas, es decir, sin sufrir alguna alteración.
Importación temporal de mercancías para ser sometidas a procesos de producción, transformación o reparación.
Ambas opciones están exentas del pago impuestos al Comercio Exterior y cuotas compensatorias, excepto en los casos previstos en los artículos 63-A, 105, 108, fracción III, 110 y 112 de la Ley Aduanera.
Depósito Fiscal.
Las mercancías depositadas en estos almacenes pueden ser retiradas para:
Importarse definitivamente, si estas son de procedencia extranjera.
Exportarse definitivamente, si son de procedencia nacional.
Regresar al extranjero o reincorporarse al mercado de origen nacional.
Tránsito de mercancías
.I.Interno.II.Internacional.
Interno: es el traslado de mercancías bajo control fiscal de una aduana nacional a otra.
Internacional: es el traslado de mercancías bajo control fiscal de una aduana internacional a otra pero cruzando por nuestro país.
Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.
Bajo este régimen,el ingreso de las mercancías extranjeras está sujeto al pago del impuesto general de importación en los casos previstos en el artículo 63-A y de las cuotas compensatorias aplicables a este régimen. El impuesto general de importación deberá ser determinado al destinar las mercancías bajo este régimen.
Recinto fiscalizado estratégico
Es el ingreso de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas a recintos fiscalizados estratégicos por tiempo limitado, para que pueden ser manejadas, almacenadas, custodiadas, exhibidas, vendidas, distribuidas, transformadas o reparadas.
Está exento del pago de impuestos al Comercio Exterior y de cuotas compensatorias.
No estarán sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias o NOM.
Los desperdicios no retornados no causarán contribuciones, siempre que se demuestre que han sido destruidos, cumpliendo con las disposiciones de control establecidos por el SAT.
Referencia :
Ley aduanera
https://www.tibagroup.com/mx/regimenes-aduaneros