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Legislación Laboral - Coggle Diagram
Legislación Laboral
Obligaciones de los Trabajadores
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Los trabajadores están obligados a atender con esmero y cortesía a la clientela del establecimiento. :smiley:
De las deudas contraídas por los trabajadores a favor de sus patronos, de sus asociados, familiares o dependientes, sólo será responsable el mismo trabajador
La falta de cumplimiento de dicho contrato, por lo que respecta al trabajador, sólo obligará a éste a la correspondiente responsabilidad civil, sin que en ningún caso pueda hacerse coacción sobre su persona.
La ley determinará en cada entidad federativa, cuáles son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo.
Antes de acudir a los tribunales laborales, los trabajadores y patrones deberán asistir a la instancia conciliatoria correspondiente.
Derechos de los Patrones
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Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etc.
A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.
Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.
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Tampoco puede admitirse convenio en que la persona pacte su proscripción o destierro, o en que renuncie temporal o permanentemente a ejercer determinada profesión, industria o comercio.
Derechos de los Trabajadores
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Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad.
Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos.
Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de quince años.
La duración de la jornada máxima será de ocho horas.
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Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas.
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Obligaciones de los Patrones
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Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo.
La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijará los salarios mínimos profesionales que deberán pagarse a estos trabajadores.
El contrato de trabajo sólo obligará a prestar el servicio convenido por el tiempo que fije la ley, sin poder exceder de un año en perjuicio del trabajador, y no podrá extenderse, en ningún caso, a la renuncia, pérdida o menoscabo de cualquiera de los derechos políticos o civiles.
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Si no se determina, en calidad de propina, un porcentaje sobre las consumiciones, las partes fijarán el aumento que deba hacerse al salario de base para el pago de cualquier indemnización o prestación que corresponda a los trabajadores.
La alimentación que se proporcione a los trabajadores deberá ser sana, abundante y nutritiva. (En caso que esto lo incluya en la relación laboral)